lunes, noviembre 25, 2024
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Los altos cargos se despiden de los regalos y favores

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Los altos cargos a los que se aplicará la futura Ley de Transparencia no podrán aceptar regalos «que superen los usos habituales, sociales o de cortesía, ni favores o servicios en condiciones ventajosas que puedan condicionar el desarrollo de sus funciones». Además, si cometen infracciones en la gestión económico-presupuestaria, deberán restituir «las cantidades percibidas o satisfechas indebidamente» e indemnizar a la Hacienda Pública.

Así figura en el anteproyecto de Ley de Transparencia elaborado por el Gobierno y que desde las cinco de esta tarde es de acceso al público a través de la web ‘leydetransparencia.gob.es‘. El Ejecutivo someterá durante quince días la iniciativa a las aportaciones de los ciudadanos y aprobará después el proyecto de ley para su debate en las Cortes.

La prohibición de recibir regalos es uno de los principios de actuación a los que estarán sometidos los altos cargos de todas las administraciones públicas, a los que también se les señalan unos principios éticos y los supuestos en los que pueden cometer una infracción leve, grave o muy grave, con la consiguiente sanción administrativa o incluso de inhabilitación.

Todo ello forma parte del Título II de la norma, dedicado al buen gobierno. En él se incluyen unos principios que deben regir la conducta de los altos cargos, se añaden las infracciones económico-presupuestarias y de tipo disciplinario, y las sanciones que conllevan.

Principios éticos: buena fe y no aceptar regalos

En el capítulo de los principios éticos que deben regir el trabajo de los altos cargos se incluye el actuar con transparencia, tener buena fe, ser imparciales, no discriminar o mantener una conducta digna. También se les exigen unos principios de actuación: mantener plena dedicación a su trabajo, guardar reserva, dar a conocer cualquier actuación irregular, etc.

Es en este punto donde se insta a los responsables políticos a no aceptar regalos ni favores y a incorporarlos al patrimonio del Estado cuando sean obsequios «con una mayor relevancia institucional». A raíz de los casos de corrupción, el PP aprobó para sí mismo un código de buenas prácticas en el que ya incluía esta medida, ahora convertida en ley.

Dentro de estos principios, también se indica que los altos cargos no se implicarán en situaciones incompatibles con sus funciones y «no se valdrán de su posición en la Administración para obtener ventajas personales o materiales».

Infracciones económico-presupuestarias

Junto a los principios, el anteproyecto detalla las infracciones. Por un lado, en materia económico-presupuestaria, calificadas todas ellas de muy graves. La primera que se contempla es la malversación de fondos públicos; a partir de ahí, se incluye una lista de otras quince infracciones, entre las que se incluye adquirir compromisos de gasto o pagos «sin crédito suficiente para realizarlos», la ausencia de justificación de las subvenciones según la ley, así como la administración de la Hacienda Pública sin atender a las obligaciones de liquidación, recaudación e ingreso en el Tesoro.

Además, se recorren todos los supuestos de incumplimiento de las obligaciones de la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera sobre la reducción de déficit, la emisión de deuda, la concesión de subvenciones, la realización de planes económico financieros, etc. Obligaciones todas ellas cuyo incumplimiento puede ser sancionado.

Infracciones disciplinarias

El anteproyecto dedica otro artículo a las infracciones disciplinarias, entre las que existen tres categorías, de muy graves a graves y leves. Las muy graves van desde el incumplimiento del respeto a la Constitución y los Estatutos de Autonomía al acoso laboral, pasando por cualquier discriminación por raza, sexo, lugar de nacimiento, etc; la adopción de acuerdos manifiestamente ilegales, publicar documentación o información indebida o la negligencia al custodiar secretos oficiales.

También se incluyen como infracciones disciplinarias muy graves la violación de la imparcialidad «utilizando las facultades atribuidas para influir en procesos electorales de cualquier naturaleza y ámbito».

Igualmente, se precisa que constituye una de estas infracciones la obstaculización de los derechos sindicales o del derecho a la huelga, así como «el incumplimiento de la obligación de atender los servicios esenciales en caso de huelga».

En el capítulo de infracciones graves se cita el abuso de autoridad, no guardar «el debido sigilo respecto a los asuntos que se conozcan por razón del cargo» y causen perjuicio a la administración o se utilicen en beneficio propio, o haber sido sancionado por tres infracciones leves en un año.

Sanciones

Las infracciones económico-presupuestarias o las faltas disciplinarias graves y muy graves pueden acarrear desde la destitución del cargo público, hasta una sanción de hasta cinco o diez años de inhabilitación. Las sanciones se medirán según su naturaleza, las consecuencias desfavorables para la Hacienda Pública o la reparación de los daños. Cuando las infracciones puedan ser constitutivas de delito, la Administración pondrá los hechos en conocimiento de la Fiscalía.

«En todo caso», se añade en el anteproyecto, las infracciones económico-presupuestarias conllevarán la obligación de restituir «las cantidades percibidas o satisfechas indebidamente» y la de indemnizar a las Haciendas Públicas en los términos previstos en la ley presupuestaria.

Quién condena

Las infracciones anteriores darán lugar a un procedimiento administrativo, sin perjuicio de que se envíe también el caso al Tribunal de Cuentas. Si se trata de miembros del Gobierno o secretarios de Estado, iniciará el proceso el Consejo de Ministros; en las demás casos, ordenará la incoación el Ministerio de Hacienda, al que llegarán además los asuntos que inicie el Consejo de Ministros.

Los procedimientos serán instruidos después, según los casos, o por Hacienda o por la Oficina de Conflicto de Intereses y Buen Gobierno y será finalmente el Consejo de Ministros el que imponga las sanciones.

Estrella Digital/EP

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