En un escrito con fecha del pasado 22 de junio al Juzgado de lo Mercantil, la Administración Concursal de Afinsa impugna algunos recursos en los que se solicitaba a la Agencia Tributaria la restitución de ingresos indebidos por IVA en varias anualidades.
La Administración Concursal rechaza tales recursos, y las peticiones en las que se basan, aduciendo que si en los activos se habían incluido el derecho a estos impuestos por la naturaleza jurídica financiera que se atribuía a las operaciones filatélicas de AFINSA.
Este es el criterio que los afectados siempre han negado y en el que se ha justificado la intervención de Afinsa.
«Sin embargo, -siguen diciendo los administradores concursales, en su escrito de impugnación-, los pronunciamientos judiciales dictados con posterioridad a los textos definitivos han determinado finalmente que la calificación de las operaciones realizadas por AFINSA era puramente mercantil”. Once años después y con cientos de miles de personas afectadas, la Administración Concursal rectifica.
(…) Por otra parte, y respecto al procedimiento penal, por la AEAT se pone de manifiesto que no se han dejado sin efecto los contratos, lo que podría dar lugar a una devolución de IVA (…). Es decir, los contratos de Afinsa, firmados en su día con sus 192.000 clientes, son legales y por lo tanto continúan estando vigentes a día de hoy.
En definitiva, los administradores ofrecen una prueba palpable de que la intervención judicial y posterior paralización de la actividad de la compañía fue, absolutamente innecesaria, desproporcionada y, probablemente ilegal, ya que se basó en el hipotético carácter financiero.
La ruina de miles de clientes y trabajadores que dichas actuaciones han traído consigo, la destrucción de una compañía y la de todo un sector de inversión, el de los Bienes Tangibles y de Colección, se basó en consideraciones que los mismos agentes concursales hicieron hace once años y que ahora niegan.
Los clientes y trabajadores, perjudicados pueden, a partir de esta declaración, emprender acciones legales contra quienes pusieron en marcha el procedimiento de liquidación de Afinsa. Si la entidad no era financiera no estaba en la obligación de provisionar, y tampoco se encontraba en quiebra patrimonial.
Los efectos de las nueva tesis de la administración concursal no son menores. En primer lugar, obligarían a rehacer la documentación contable de la firma. Por otra parte, cuando los administradores concurrieron al proceso penal callaron esta opinión, lo que podría llevarles a acusaciones de perjurio y prevaricación por los procesados y por los afectados.
Afectados
Han pasado 11 años y las 477.000 familias afectadas por Fórum Filatélico, Afinsa y Arte y Naturaleza siguen sin obtener una solución. El 19 de noviembre de 2014, en la Comisión de Economía y Hacienda del Congreso de los Diputados, todos los grupos parlamentarios, por unanimidad, hicieron una proposición no de ley que instaba al Gobierno a dar una solución para los afectados”.
Esta solución podría pasar por la compra por parte del Gobierno, a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO), de los créditos que tienen reconocidos los afectados en el procedimiento concursal
La deuda ascendería a unos 4.000 millones de euros y en estos 11 años solo se han logrado mínimas devoluciones: los afectados de Fórum han recuperado un 20,5% de lo invertido; los de Afinsa, un 10% y en el caso de los damnificados por Arte y Naturaleza, nada.
Miguel de la Balsa