Aprobada por unanimidad en el Congreso, la nueva ley de autónomos incluye cambios que van desde la flexibilidad en las altas y bajas hasta mejoras en la tarifa plana, pasando por bonificaciones en función de la evolución del negocio.
Estas son las medidas que han entrado en vigor y que ya son realidad en este mes de noviembre:
- El aumento de la base mínima de cotización a la Seguridad Social de los autónomos societarios ya no está vinculado a la evolución del SMI (salario mínimo interprofesional).
- Las madres que emprendan un negocio antes de los dos años desde que cese su actividad por maternidad, adopción o acogimiento pueden beneficiarse de una tarifa plana de 50 euros.
- Las mujeres autónomas que necesiten coger la baja por maternidad o embarazo no tendrán que incorporar a un sustituto en el INEM. Asimismo, la cuota de autónomos se bonificará igualmente al 100%. Si es necesario contratar un trabajador en interinidad, su cuota a la Seguridad Social también será bonificada al 100%.
- Los autónomos que tengan un trabajador a cargo pueden compatibilizar su salario con el cobro del 100% de su pensión y seguir dados de alta como autónomos.
- Se devolverá el exceso de cotización de los trabajadores con pluriactividad sin que tengan que solicitarla.
- La exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año para el cuidado de menores o dependientes.
- Se facilita la contratación de hijos discapacitados de los autónomos.
- Los autónomos que contraten de manera indefinida a su cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad (hasta el segundo grado, inclusivamente), pueden bonificarse el 100% de las contingencias comunes durante un año, siempre y cuando el contrato dure, al menos, seis meses, y el autónomo no haya prescindido de trabajadores.
- Los trabajadores autónomos pueden acceder a una formación adaptada a sus necesidades, con el fin de mejorar su competitividad y consolidar su actividad empresarial. Asimismo, se mejora la formación en prevención de riesgos laborales.
- Se reconoce el accidente in itinere (de ida o de vuelta al puesto de trabajo), siempre que el puesto de trabajo no coincida con el domicilio.
- Las organizaciones de autónomos más importantes y representativas pasan a considerarse de “utilidad pública”. Además, contarán con un año de plazo para entrar en el CES y para la constitución del Consejo del Trabajo Autónomo.
Cambios que se harán realidad a partir de 2018
Algunas de las medidas contempladas en el texto original se han pospuesto y entrarán en vigor a partir de enero de 2018. Entre ellas, destacan:
- Mejoras en la tarifa plana: ampliación de la tarifa plana de 50 € a un año para los autónomos nuevos o para los que no lo hayan sido en los últimos dos años; ampliación de la bonificación de la tarifa plana a los 24 meses, etc.
- Darse de alta y de baja en el RETA hasta tres veces en el mismo año.
- Cambiar hasta cuatro veces la base de cotización en un año.
Recordemos que en la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo se prevé un aumento en la creación de empleo y un crecimiento del tejido empresarial español.
Redacción