domingo, noviembre 24, 2024
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España ratificará convenio que amplía la protección contra violencia laboral

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Durante un diálogo con el director de la OIT, Guy Rider, Díaz ha explicado que España es el segundo país que arranca la ratificación de este convenio -tras el anuncio de Uruguay- y que supondrá amparar cualquier situación de acoso en el ámbito laboral más allá de lo establecido ahora por la vía penal.

Ryder, de visita en España, firmará el inicio de este proceso en una reunión con el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

Entre otros aspectos, el convenio considera como lugar de posible violencia no sólo el espacio de trabajo, sino otros entornos como el comedor o los servicios sanitarios y vestuarios.

También se incluyen situaciones como los viajes de trabajo, las formaciones, los eventos sociales relacionados con el empleo o el trayecto de ida y vuelta del trabajo.

Asimismo, se reconoce que la violencia y el acoso pueden ocurrir mediante comunicaciones virtuales vinculadas al trabajo, como lo ocurrido en el caso de Iveco, y que las víctimas pueden pertenecer a cualquier escala, desde directores a personas que acuden a una entrevista de trabajo o becarios.

«Es transversal», ha subrayado Díaz, que ha recordado que también afectará a temas como la prevención o la formación, por lo que se precisará adaptar diversas normativas.

Desde Trabajo explican que el proceso para ratificar un convenio de estas características pasa por varios Ministerios y debe aprobarse en el Consejo de Ministros para ir después a las Cortes Generales.

Una vez ratificado, para lo que se necesita que al menos otro país lo haga también, la convención entra en vigor, con otro plazo de doce meses para hacer las adaptaciones necesarias, y es jurídicamente vinculante.

Ryder, que ha valorado el paso de España con este convenio, ha recordado la situación «dramática» que viven las mujeres en el entorno laboral y ha instado a tomar medidas con «nuevos enfoques» para eliminar esta «injusticia flagrante».

El convenio, acordado en junio de 2019, define «violencia y acoso» en el mundo del trabajo como «un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que cause o sean susceptibles de causar un daño físico, psicológico, sexual, económico e incluye la violencia y el acoso por razón de género». 

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