Lo hace en una carta dirigida desde la dirección general de Costas, en la que recuerda que ya en junio del pasado año se les requirió para que constituyeran la citada garantía hasta que finalice el proyecto constructivo de clausura de las balsas de fosfoyesos situadas en el término municipal de Huelva.
Esa garantía viene obligada por un Auto de la Audiencia Nacional de julio de 2015 y otro de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional de 30 de octubre de 2019 que desestimaba el recurso de la compañía.
En este último Auto se requirió a Fertiberia, S.A. para que con carácter inmediato, y en el plazo máximo de un mes desde su notificación, constituyese garantía mediante aval o seguro de caución por importe de 65,9 millones de euros, hasta la completa ejecución de los trabajos de regeneración ambiental de las balsas de fosfoyesos.
Siete meses después desde la notificación del Auto en octubre de 2019 desde el Miteco se reitera a la empresa la obligación de constituir dicha garantía y se comunica que se informa a la Audiencia Nacional del incumplimiento.
El auto establece que de acreditarse suficiente y fehacientemente la imposibilidad de constituir total o parcialmente una garantía de esa naturaleza, se admitiría la constitución de garantía hipotecaria sobre los muebles o inmuebles de titularidad de la empresa.
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