El acuerdo, suscrito este jueves por las ministras de Trabajo e Igualdad, Yolanda Díaz e Irene Montero, por la vicesecretaria general de UGT, Cristina Antoñanzas, y por la secretaria de Acción Sindical de CCOO, Mari Cruz Vicente, es el primero de diálogo social del Gobierno de coalición PSOE-Unidas Podemos al que no se han sumado CEOE y Cepyme.
Las cuatro firmantes han lamentado la ausencia de las patronales en la firma, en particular la ministra de Trabajo, que ha querido destacar el esfuerzo de las negociadoras de CEOE y Cepyme «cuyas contribuciones están en el texto» y que ha señalado que las diferencias han surgido respecto a la negociación de los planes de igualdad y no en lo que tenía que ver con la igualdad retributiva.
El «Acuerdo para el desarrollo de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres y en el trabajo» incluye también el texto del reglamento para los planes de igualdad, obligatorios asimismo las empresas a partir de 50 trabajadores y que se inscribirán en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos.
Díaz ha destacado que ambos reglamentos hacen efectiva la igualdad, acomodando el ordenamiento español a las instrucciones de la UE y contribuyendo a paliar la brecha de género en el mundo laboral, que solo en el ámbito salarial es superior al 27 % en trabajos de idéntico valor.
Asimismo, la ministra ha incidido en que durante la pandemia se ha comprobado que los trabajos más valiosos y necesarios son altamente feminizados, muchas veces infravalorados por el hecho de ser desarrollados fundamentalmente por mujeres.
El decreto con el reglamento para la igualdad retributiva entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), una vez aprobado por el Consejo de Ministros, y a partir de ahí las empresas de entre 150 y 250 personas empleadas tendrán un año de plazo para completar la auditoría salarial.
Las empresas de entre 100 y 150 tendrán dos años y las de 50 a 100 empleados tendrán hasta tres años.
El registro deberá contar con información retributiva desagregada por sexos de toda la plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargos, desglosada y promediada por clasificación profesional y por trabajos de igual valor, e incluyendo salario base, complementos salariales y percepciones extrasalariales.
El reglamento incide en la importancia de hacer una adecuada valoración de los puestos de trabajo para superar estereotipos de género.
Asimismo, establece que en el plazo de seis meses desde su publicación los Ministerios de Trabajo e Igualdad desarrollarán por orden ministerial herramientas modelo que podrán ser utilizadas por las empresas para el registro y para la valoración de puestos por las empresas.
El decreto con el reglamento sobre planes de igualdad incide en la importancia del diagnóstico para que identifique los defectos reales y reproduzca estereotipos de género.
Asimismo refuerza el carácter negociado que deben tener los planes de igualdad y clarifica el procedimiento de negociación, particularmente en aquellas empresas que no tienen representantes legales.
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