miércoles, octubre 2, 2024
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Las claves de la nueva Ley de Emprendedores

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El Consejo de Ministros tarda 13 meses en aprobar uno de los anuncios que Mariano Rajoy hizo en el debate de investidura y prometió que concretaría en los primeros 100 días de Gobierno. ¿El motivo? El Ejecutivo ‘popular’ atravesó una «situación límite» a su llegada al poder, como «evitar el rescate completo» y un «importante agujero fiscal», y ha sido imposible hacerlo antes. Esta es la respuesta que la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha esgrimido en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros en la que ha presentado el esperado anteproyecto de ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. «La norma está dirigida a la mayoría del tejido empresarial, del que depende la creación y el mantenimiento del empleo», ha explicado Santamaría, que ha remarcado que el 99% de las empresas en España tiene menos de 250 trabajadores y el 80% menos de nueve empleados. Pero, ¿qué novedades introduce?

A continuación, ESTRELLA DIGITAL le desgrana las cuatro grandes claves de este nuevo proyecto que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2014.

1. NUEVOS APOYOS FISCALES. IVA

Con esta nueva normativa se crea un régimen especial de criterio de caja en el IVA, de tal manera que las PYMES y los autónomos con menos de dos millones de euros de facturación, no pagarán este impuesto hasta que no cobren las facturas pendientes. ¿Beneficiarios? el Ejecutivo prevé casi 1.300.000 autónomos y más de un millón de PYMES.

Además, en el anteproyecto de ley también se destacan las siguientes ventajas:

– Las empresas con un volumen de negocio inferior a 10 millones de euros podrán deducirse hasta un 10% de los beneficios obtenidos en el periodo impositivo en que se reinvierta en la actividad económico. Y también se aplicará a autónomos.

– Incentivos fiscales a la inversión I+D+i: Las deducciones por esta actividad que puedan aplicarse en un ejercicio podrán recuperarse mediante un sistema único en España de devoluciones.

– Así pues, también se aplicarán incentivos fiscales al inversor particular, también conocido como «business angel», que consistirán en una deducción del 20% en la cuota estatal en el IRPF y una exención total de la plusvalía al salir de la sociedad, siempre y cuando, se reinvierta en otra entidad de nueva o reciente creación.

2. REDUCCIÓN DE CARGAS ADMINISTRATIVAS. CREACIÓN DE EMPRESAS

Este es otro de nuestros grandes problemas. En España no se emprende a máximos niveles. Por este motivo, el Ejecutivo ha apostado por fomentar el espíritu emprendedor a lo largo de toda la vida educativa y la internacionacialización. ¿Cuál es el incentivo? agilizar y abaratar el coste inicial de la actividad. Lejos quedó aquella promesa electoral de crear empresas en 24 horas y a 40 euros, pero el Gobierno ha creado una alternativa: La sociedad limitada de formación sucesiva (SLFS), que permitirá la creación de empresas con un capital inferior a los 3.000 euros con un régimen idéntico al de las sociedades de responsabilidad limitada.

En el caso de la agilización de los trámites, se crean los puntos de atención al emprendedor, que serán ventanillas únicas a través de las que se podrán realizar los trámites para el inicio, ejercicio y cese de la actividad empresarial. Y el Punto de Atención al Emprendedor electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, que permitirá realizar los trámites necesarios con las tres administraciones simultáneamente. Así pues, y con el objetivo de facilitar la segunda oportunidad, se crea un mecanismo de negociación extrajudicial de deudas de empresarios similar a los existentes en otros países. Se podrán pactar quitas de hasta el 25% de los créditos y moratorias de hasta tres años.

Respecto a las medidas concretas de reducción de cargas administrativas destacan las siguientes: reducción de cargas de los servicios estatales de estadística y de la gestión para la prevención de riesgos laborales. Reducción de cargas contables. Posibilidad de legalización telemática de los libros obligatorios en el Registro Mercantil y puesta a disposición de un nuevo libro electrónico de visitas para las inspecciones de trabajo.

3. NUEVA FIGURA: EMPRENDEDOR DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. EVITA RIESGOS

Con esta nueva norma, los emprendedores, con un límite de 300.000 euros, no tendrán que responder con su vivienda habitual de las deudas derivadas de su actividad empresarial. Es más, tal y como ha explicado la vicepresidenta, la ley incluye un mecanismo para favorecer la segunda oportunidad empresarial que permitirá a los empresarios con deudas que no superen los 5 millones de euros acudir a una vía extrajudicial de negociación en vez de al concurso de acreedores.

4. ACCESO A LA CONTRATACIÓN PÚBLICA

Tal y como ha explicado el Gobierno, el objetivo final es que todas las empresas, independientemente de su tamaño, tengan la posibilidad de ganar contratos públicos. En este sentido, se facilitará el contacto entre pequeños emprendedores que deseen crear uniones de empresarios, dándose de alta en el registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado. Se elevan los umbrales para la exigencia de la clasificación en los contratos de obras y de servicios. Se adecua el régimen de garantías para la contratación pública a las posibilidades del emprendedor y se simplifican los trámites: se podrá sustituir la aportación inicial de la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones para contratar por una declaración responsable.

Elsa S. Vejo

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