La Comisión Nacional de Mercado y Competencias (CNMC) ha sancionado a Endesa, Iberdrola, Gas Natural y Viesgo por formalizar contratos de gas y electricidad sin el consentimiento de varios clientes. Así lo ha hecho público este jueves, el órgano supervisor, quién además informa que las multas impuestas a estas entidades ascienden a un total de 155.000 euros.
La Comisión resolvió los expedientes tras ser esta misma quién recibiera reclamaciones por parte de siete usuarios que presentaron las denuncias directamente en el órgano o a través de las oficinas municipales de información al consumidor. Los clientes denunciaron haber sufrido un cambio de comercializador (compañía que ofrece los servicios de gas y/ electricidad) sin haber dado su consentimiento.
Fue entonces cuando la CNMC procedió a la apertura de un periodo de información previa y, en atención a las circunstancias de cada caso, se abrieron los correspondientes expedientes sancionadores a estas cuatro comercializadoras de electricidad y gas natural por incumplir, en el sector eléctrico, el artículo 66.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el sector de hidrocarburos, el artículo 111.d) de la Ley 34/1998, de 7 de octubre.
La normativa establece el derecho del consumidor para elegir suministrador, y asimismo, las comercializadoras de electricidad y gas natural deben cumplir los requisitos de contratación y apoderamiento con los clientes. La CNMC ha acreditado que en los casos sancionados, las compañías no respetaron el procedimiento de contratación y no contaron con el consentimiento de los clientes.
Multas por valor de 155.000 euros
La Comisión Nacional de Mercados y Competencias ha impuesto sanciones a las citadas compañías por un valor total de 155.000 euros. De este modo, Endesa tendrá que hacer frente a cinco multas de 20.000 euros cada una de ellas, un total de 100.000 euros en cuatro expedientes distintos. Por su parte, Iberdrola, Gas Natural y Viesgo deberán afrontar una multa cada una de ellas por por valor de 30.000, 10.000 y 15.000 euros de forma respectiva.
Libre elección de la comercializadora
La CNMC recuerda que todos los consumidores tienen derecho a elegir libremente la comercializadora con la que quieren contratar el suministro eléctrico y/o gasista, que es un proceso gratuito y que las actuaciones administrativas y técnicas no deben impedir el cambio. Además, recomienda a las comercializadoras que eviten la captación de clientes a través de canales de venta domiciliaria, la contratación telefónica e identificarse de manera clara ante el consumidor y evitar prácticas que generen confusión, entre otros.
Beatriz Jiménez