Los Veintisiete acordaron el pasado octubre elevar de manera coordinada el umbral de las garantías estatales de los depósitos, después de que varios Estados miembros lo hicieran en su territorio, para evitar fugas de capitales de un país a otro.
Según el acuerdo alcanzado por los gobiernos sobre la base de una propuesta legislativa de la Comisión Europea, los países tendrán que garantizar un mínimo de 50.000 euros a los titulares de cuentas a partir del 30 de junio del 2009.
En 31 de diciembre del 2011 todos los países tendrán que subir el límite hasta 100.000 euros.
Se ha establecido este periodo transitorio en atención a las economías más pequeñas de la Unión, pero varios Estados miembros, entre ellos España, han pasado directamente hasta 100.000 euros.
En cuanto al plazo de pago, el texto pactado por el Ecofin prevé un límite de cinco días laborables para identificar a los titulares que tienen derecho a recuperar sus ahorros cuando una entidad no se lo garantiza (en la actualidad el plazo era de 21 días laborables).
El reembolso deberá efectuarse en veinte días laborables, ampliables hasta treinta, frente a los tres meses (prorrogables hasta nueve) vigentes ahora.
El objetivo es continuar con rapidez la tramitación del texto, para que esté aprobada de manera definitiva en primera lectura, antes del fin de la legislatura.
Está previsto que el Parlamento Europeo se pronuncie en su última sesión plenaria del año, a partir del 15 de diciembre.