La providencia del Supremo, hecha pública este miércoles pero que tiene fecha del pasado 26 de septiembre, responde al requerimiento realizado por Carmen Negrín, la nieta del que fuera presidente de la II República Juan Negrín para que fuera esta alta instancia judicial la que entendiera de la causa iniciada por Garzón, por considerar que las personas contra las que se dirigía este procedimiento eran aforadas.
A este respecto el alto tribunal señala «que no resulta que alguna persona que pudiera haber intervenido o participado en los hechos a los que el escrito se refiere desempeñe en la actualidad» ningún cargo por el que se deba considerarse aforada. A ello se añade que no consta que ninguna de las personas que actualmente desempeñan estos cargos en los diferentes ámbitos del Estado interviniera o participara en los hechos.
Por otro ello, el Supremo concluye que la petición de la nieta de Negrín debe ser desestimada y todas sus pretensiones archivadas.
Implicación del Supremo
La representación letrada de Negrín solicitó la implicación del Supremo en este asunto tras conocer el escrito en el que el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, contestaba al auto en el que Garzón se declaró competente para investigar estos hechos, en el que citaba como imputados al Jefe del Gobierno y miembros de los primeros Gobiernos de la Dictadura.
A este respecto, la Fiscalía concluía que «la competencia con carácter exclusivo y excluyente para la tramitación, sustanciación y resolución del procedimiento corresponde a la más alta instancia jurisdiccional de nuestra Nación: el Tribunal Supremo»
En una nota remitida este miércoles, esta parte realiza su propia y particular lectura de la providencia del Supremo y estima que el alto tribunal sí ha declarado su competencia para conocer de esta causa en aquellos casos en que «hubiera intervenido o participado alguna persona que hoy desempeñe alguno de los cargos mencionados» en la Ley como aforados.
Además, esta parte añade que el Tribunal Supremo no menciona las otras cuestiones planteadas en el mencionado escrito del Fiscal: ni que los delitos estarían prescritos y amnistiados, ni que su investigación y enjuiciamiento sería competencia de órgano judicial distinto de la Audiencia Nacional.
Querella por prevaricación
Además de esta iniciativa, la nieta del ex presidente del Gobierno de la II República interpuso el pasado 17 de noviembre ante el Supremo una querella por prevaricación contra los diez magistrados de la Audiencia Nacional que el 7 de noviembre, y a instancias de la Fiscalía, paralizaron el inicio de las exhumaciones de fosas comunes ordenadas por el juez Baltasar Garzón en el marco de su investigación.
El alto tribunal todavía tiene que pronunciarse sobre la admisión a trámite de esta querella, en la que Negrín también acusa de prevaricador al fiscal que solicitó la paralización de las exhumaciones, Carlos Bautista.
El escrito, que se presentó acompañado de otros 19 documentos anexos, incide en que los diez magistrados contra los que va dirigida la querella eran conocedores de lo que califica como una postura injusta ya que «cinco magistrados les estaban advirtiendo de ello».
Concretamente, la querella va dirigida contra el fiscal Bautista; el presidente de la Sala de lo Penal, Javier Gómez Bermúdez; los presidentes de las otras tres secciones que componen este órgano: Fernando García Nicolás (Segunda), Alfonso Guevara (Tercera) y Ángela Murillo (Cuarta), así como los magistrados Guillermo Ruiz Polanco, Ángel Hurtado, Paloma González Pastor, Julio de Diego López, Juan Francisco Martel y Nicolás Poveda.