martes, octubre 15, 2024
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La Fiscalía recurrió el auto de Garzón al creer que los delitos habían prescrito

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El Ministerio Público, tras valorar la «dimensión» y la «magnitud» de la causa, entiende que debe ser el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional la que debe decidir sobre la competencia de este asunto. Además, el Departamento que dirige Javier Zaragoza no descartó recurrir ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo en caso de que fuese necesario.

La Fiscalía recordó en su recurso la Ley de Amnistía como «una ley vigente y aprobada de manera democrática» por las Cortes y matizó que «no es equiparable» con otras leyes similares que se produjeron en países como Chile o Argentina, donde también se cometieron crímenes similares a los que el juez Garzón pretende investigar ahora en España.

El Ministerio Fiscal pondrá el acento en recordar que, a diferencia de España, en aquellos países fueron las mismas dictaduras que cometieron las persecuciones las que luego promovieron sus propias leyes de amnistía para evitar ser juzgados.

Además, la Fiscalía refuerza su postura de que Garzón no es competente para asumir esta instrucción, ya que al tratarse de delitos comunes deberían ser investigados en cada uno de los juzgados donde se produjeron los hechos.

«No se puede aplicar la Ley de manera retroactiva»

En ese sentido, el Ministerio Público apela también a la Ley de Memoria Histórica impulsada por el Gobierno socialista para indicar que es el Ejecutivo y las administraciones locales las que deben tomar la iniciativa en esta causa y promover la identificación de los desaparecidos, exhumar la fosas y entregar los restos de los fallecidos a sus familiares.

«Se trata de un problema de territorialidad y no de justicia universal», aseguraron las fuentes consultadas que también se refirieron a que el concepto jurídico de crímenes contra la humanidad se estableció legalmente en 1945, tras el juicio de Nuremberg contra los responsables del nazismo, por lo que los hechos de la contienda española no podrían ser investigados conforme a este criterio por producirse con anterioridad.

«No se puede aplicar la Ley de manera retroactiva», insistieron las fuentes, que rechazaron la no prescripción de los delitos de detención ilegal con desaparición tal y como pretende el juez.

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