Se trata de productos que se configuran como «alimentos funcionales que contienen fitosteroles para reducir el nivel de colesterol».
Danone, cuya multa es superior por la mayor duración y amplitud de la campaña publicitaria de Danacol, también fue condenada con otros 50.000 euros por otra campaña, llamada «Mes del corazón», en la que se repartían cupones para conseguir un regalo, sin advertir de que para recibirlo también debían enviar un cuestionario y la factura de compra.
El organismo regulador de la competencia indica que es engañoso asociar la solución para un problema serio como el colesterol, con los riesgos cardiovasculares que comporta, a un producto alimentario cuya eficacia es «limitada y parcial».
En el caso de Unilever, la motivación de la sentencia tiene que ver con que la publicidad de su producto lo relacionaba con una campaña de prevención llevada a cabo por la Sociedad Italiana de Cardiología, que Pro-activ patrocinaba.
Según el tribunal de la competencia, la campaña de Unilever estaba dirigida a generar «conciencia y alarma sobre el riesgo» del colesterol y presentar el producto como «válido para ayudar a reducirlo», una vez más sin indicar su eficacia «parcial y limitada».