sábado, noviembre 23, 2024
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El Gobierno decide ampliar más el uso del contrato de fomento del empleo, con 33 días por despido improcedente

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El Gobierno ha decidido ampliar los colectivos a los que se podrá aplicar el contrato de fomento del empleo estable -con 33 días por despido improcedente- y que el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) pague 8 días de las indemnizaciones por despido improcedente y objetivo.

Estas son dos de las principales modificaciones que el Ejecutivo ha aprobado este miércoles en su documento definitivo de reforma laboral, que al tratarse de un real decreto ley entrará en vigor el jueves, pero al que se podrán incorporar, posteriormente, mejoras en su trámite parlamentario, tal y como ha aceptado el Gobierno.

Los cambios se han producido después de que el Ejecutivo haya celebrado una ronda de contactos con los partidos políticos para explicarles su borrador de reforma y pedirles que la convaliden el martes 22 de junio en el Congreso de los Diputados.

Contrato de fomento del empleo estable

En rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el ministro de Trabajo, Celestino Corbacho, explicó que en el borrador presentado a los partidos había algún colectivo al que no se podía aplicar el contrato de fomento del empleo estable, cuya indemnización por despido improcedente es de 33 días frente a los 45 de un fijo ordinario.

Ahora se amplía a los hombres de entre 31 y 44 años que hayan tenido un contrato fijo y que hayan sido despedidos, algo que es de «justicia» y que con la actual legislación es «imposible, opinó Corbacho. Con esta decisión se da una mayor oportunidad a las personas «atrapadas» en la temporalidad o los desempleados, consideró.

La intención del Ejecutivo es que el contrato de fomento del empleo estable «se use lo mas posible, destacó Corbacho , al tiempo que rechazó que esto suponga «universalizarlo» frente al fijo ordinario, que, precisó, mantiene sus derechos adquiridos, ya que el real decreto aprobado no tiene carácter retroactivo.

En cuanto a que el FOGASA financie 8 días de las indemnizaciones por despido, Corbacho indicó que también se amplía en el real decreto la cobertura.

Así, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) se hará cargo de esos 8 días en las indemnizaciones por despido improcedente de los fijos ordinarios (45 días), de los de fomento del empleo estable (33 días) y de los colectivos por causas objetivas (20 días). En el borrador sólo se contemplaba la cobertura de los despidos del contrato de fomento estable, tanto procedentes como improcedentes.

Reforma «sustancial»

Corbacho ha indicado también que una empresa sólo tendrá que acreditar pérdidas, sin un plazo determinado, para justificar despidos objetivos. Según el texto de la reforma, se podrá recurrir al despido objetivo por causas económicas -cuya indemnización es de 20 días- cuando «de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa».

«A estos efectos- continúa el texto- las empresas tendrán que acreditar los resultados y justificar que de los mismos se deduzca mínimamente la razonabilidad de la decisión extintiva».

Fuentes gubernamentales descartaron que esto suponga facilitar el despido de 20 días, ya que, precisaron, la empresa tendrá que demostrar que ha incurrido en pérdidas para poder acogerse a esa indemnización.

Durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros Corbacho afirmó, no obstante, que las causas objetivas de un despido «siempre debe determinarlas un juez» por lo que se mantiene la tutela judicial efectiva y aseguró que el texto del decreto ley se ha modificado para «arrojar claridad».

Para Corbacho, la reforma aprobada es «sustancial» y es de las «más importantes que se han acometido en el país en los últimos años». Sus objetivos -detalló- son tres: mejorar la productividad, dar mayor estabilidad en el empleo y dotar de más flexibilidad interna a a las empresas, «lo que no quiere decir más inseguridad».

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