lunes, noviembre 25, 2024
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La Audiencia Nacional califica a Otegi de «oportunista» por usar el devenir político

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La Audiencia Nacional ha rechazado de nuevo la puesta en libertad del ex portavoz de Batasuna Arnaldo Otegi, que reclamó su libertad ante el «devenir político», un argumento que el tribunal considera «oportunista» y que «de ninguna forma afecta ni condicionará» a la sala que le juzga con «plena independencia».

La sección cuarta de la sala de lo penal del tribunal, que ha adoptado esta decisión a instancias de la Fiscalía, ha desestimado la solicitud de la defensa de Otegi, Jone Goirizelaia, para que su representado abandone la cárcel en relación con la causa que ha investigado la reconstrucción de la formación ilegalizada desde una nueva estructura política denominada «Bateragune».

El tribunal, compuesto por la presidenta Ángela Murillo y los magistrados Teresa Palacios y Juan Francisco Martel (ponente), reprocha a Otegi que emplee como argumento que «los acontecimientos políticos hayan devenido en más favorables» para quedar en libertad, según las informaciones difundidas por distintos medios de comunicación.

«Tal argumentación, expresada en lenguaje ciertamente críptico y de difícil pretensión, no constituye ni puede constituir causa alguna válida y eficaz para que este tribunal permita la excarcelación de un imputado sobre el que existen graves indicios de comisión de un delito de terrorismo, con la carga de posible socavamiento constitucional y de posible quebrantamiento de la paz social y de las libertades públicas», subraya el auto.

Asimismo, la sala recuerda que el «devenir de los acontecimientos políticos» esgrimido por Otegi «de ninguna forma afecta ni condicionará» al tribunal, que «ejerce y ejercerá el derecho y el deber de juzgar con plena independencia e imparcialidad y siempre con sometimiento a la ley y al margen de coyunturales y, por ello, oportunistas posiciones políticas alejadas de los criterios normativos y jurisprudenciales».

Además, los magistrados han tenido en cuenta la gravedad de los hechos imputados y la elevada penalidad que conllevan para desestimar el «arraigo personal, social y familiar» alegado por Otegi, que no ha acreditado que su padre se encuentre en situación de desamparo.

En concreto, recuerda que «de modo provisional, pero con claros indicios de participación criminal», a Otegi se le acusa de pertenecer a Bateragune, «organismo satélite que, bajo el control y tutelaje de la organización terrorista ETA desarrollaba -especialmente durante el año 2009- los proyectos de la misma para alcanzar los fines de su versión constitucional y amedrentamiento social que persigue».

También han valorado el elevado riesgo de fuga en el procesado, vinculado «a movimientos con ramificaciones en el extranjero que tienen amplia experiencia de vida en clandestinidad» que podrían facilitar su sustracción de la Justicia y obstruir la terminación del procedimiento que se tramita.

La Audiencia Nacional tampoco se olvida de que la prisión provisional evita la reiteración delictiva del ex portavoz de Batasuna, que tiene antecedentes penales derivados de sus actuaciones relacionadas con ETA.

Respecto al argumento de Otegi de que el también procesado ex secretario general de LAB Rafa Díez Usabiaga quedó en libertad bajo fianza de 30.000 euros el pasado mes de abril para cuidar de su madre, el tribunal asegura que no es motivo para excarcelarle puesto que las «situaciones personales» de cada uno son diferentes.

La Audiencia Nacional ya denegó la puesta en libertad del ex portavoz de Batasuna el pasado mes de marzo tras haber alegado el estado de salud de su familia, así como en julio, cuando tuvo en cuenta el riesgo de fuga y la posibilidad de que reiterase su conducta criminal.

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