El fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, ha sancionado con 900 euros de multa al fiscal de la Audiencia Nacional Pedro Rubira por una «falta grave de desconsideración» contra sus escoltas a los que tuvo tres horas en la calle mientras él permanecía en un pub con varios amigos. El incidente se desencadenó cuando uno de los policías accedió al local para preguntar al fiscal acerca de sus planes y, según la resolución de la investigación interna a la que ha tenido acceso Europa Press, los hechos incluyeron expresiones despectivas hacia su jefe en la Fiscalía, los agentes y sus superiores policiales.
La resolución está firmada por el propio Conde-Pumpido con fecha del pasado 6 de abril aunque los hechos ocurrieron el verano pasado, concretamente el lunes 26 de julio de 2010 entre las 14 y las 21 horas. Hasta ese día, la relación entre Rubira y sus escoltas había sido «correcta», pero entonces se produjo el incidente que tuvo lugar primero en el interior y el entorno de un pub madrileño y que se prolongó después en plena calle Lagasca, situada en el barrio de Salamanca de la capital
Rubira había quedado a comer ese día con un antiguo amigo en un restaurante de la zona e indicó a sus escoltas que le recogieran en ese establecimiento a las 17 horas. El encuentro con su amigo se desplazó entonces al citado pub y a la reunión se unieron otro conocido de Rubira y minutos después el ex vicepresidente de la Comunidad de Madrid Alfredo Prada.
Los cuatro permanecieron en el interior del pub durante aproximadamente tres horas, tiempo en el que los escoltas aguardaron en la puerta. Tan sólo accedieron 20 minutos al local para tomar una consumición invitados por el propio Rubira a las 17.30.
De este modo, el primer incidente se produce en torno a las 20.15 horas cuando uno de los dos agentes entró de nuevo en el pub para consultar los planes del fiscal con la idea de organizar su propia cena, cuestión para la que tienen la obligación de solicitar permiso a sus superiores policiales.
Según la versión del agente, Rubira respondió de forma airada: «Esto no me lo hagáis joder, estoy aquí con mis amigos y no me vais a joder… imbécil jilipollas». En cambio, los amigos del fiscal que prestaron declaración en la investigación fiscal defienden que fue el escolta quien actúo de manera inadecuada. El propio Prada aseguró creer haber visto al agente acceder al pub «haciendo un gesto hacia Rubira, en un tono, diciendo que se tenían que ir, esto no puede ser, algo así más o menos». El ex vicepresidente madrileño aseguró que le había sorprendido «la forma del trato inadecuado totalmente».
3 Horas: «Riesgo por excesiva exposición pública»
La resolución reconoce que no hay base suficiente para «dar como probada una u otra versión», aunque considera «determinante» para los hechos la entrada del escolta en el local, «hecho que, y no debe silenciarse, acaece tras el transcurso de casi tres horas, tiempo que supone una excesiva exposición pública ante un riesgo potencial, riesgo que precisamente justifica su especial protección».
Al final, tras este incidente, fueron los amigos de Rubira los que deciden marcharse y la tensión entre el fiscal y los escoltas continuó en el interior del vehículo donde, según recogen los hechos probados de la investigación, «lejos de procurar calmar la situación, pidió explicación a los agentes para luego espetarles: «me la mamáis, me la mama mi jefe, me la mama su jefe, me la mamáis todos».
En ese momento eran las 20.30 horas y el coche circulaba por la céntrica y concurrida calle Lagasca, «momento y lugar en el que Rubira intenta abrir la puerta para abandonar el vehículo» lo que le provocó una pequeña herida en el dedo con el sistema de cierre y forzó al conductor a frenar repentinamente.
Finalmente, el fiscal se bajó del coche e insistió en pedir explicaciones a sus escoltas hasta que fue convencido por uno de ellos para regresar al vehículo. La escena estaba siendo presenciada ya por los transeúntes y estaban colapsando el tráfico (la calle Lagasca es de una sola dirección). Al llegar a su casa el fiscal «da la mano a los agentes al tiempo que les sugería que todo había sido un malentendido que debía quedar entre caballeros».
No aceptaron la oferta los escoltas, que procedieron de inmediato a informar de lo sucedido a su superior, quien les ordenó una minuta por escrito que la Comisaría Especial de la Audiencia Nacional trasladó al fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, y éste se lo remitió al fiscal de Sala Jefe de la Inspección.
En el relato de hechos, la resolución recoge las versiones de los testigos sobre la posible ingesta de alcohol por parte del fiscal. En este sentido, los dos escoltas coinciden en que el aliento de Rubira «desprendía olor a alcohol», aunque uno de ellos –precisamente con el que tuvo el intercambio de palabras en el interior del local– matiza que para asegurar este extremo «es necesario hacer la prueba de alcoholemia».
Por su parte, Prada aseguró que el comportamiento del fiscal era «educado y correcto» y que «lo que estaba tomando era una coca-cola». Esta versión fue corroborada por la persona que comió con el sancionado y añadió que en el restaurante cree recordar que tomó «una copa de vino». El tercer testigo negó que Rubira desprendiese olor a alcohol y añadió que «siempre bebe coca cola, hasta comiendo».
La resolución precisa que «sobre este particular se ha entendido que las manifestaciones obrantes en el expediente son contradictorias e insuficientes para recoger en el expediente circunstancia alguna referida a la posible ingesta alcohólica».
Fundamentos de derecho
Por su parte, a la hora de valorar la posible comisión de «una falta de respeto a su superior jerárquico realizada de forma verbal en presencia de terceras personas», la resolución considera acreditada la frase despectiva que Rubira pronunció en el interior del coche, pero advierte de que para ser castigado por ello debe llevarse a cabo «en su presencia, por escrito o con publicidad, no concurriendo ninguno de estos supuestos en las presentes actuaciones».
De este modo, los hechos «han sido calificados como desconsideración grave» ocurridos «en una sola ocasión, concretamente la tarde del 26 de julio de 2010, dato que determina la imposición de la sanción en la mitad inferior de su posible extensión, tramo en el que se encuentra la multa de 900 euros».