El Tribunal del Jurado ha declarado no culpable a J.Y.F.R., acusada del asesinato de su bebé, que nació de forma prematura, a los siete meses, en su domicilio, y al que dejó en un contenedor de basura en una calle de Santander.
Los miembros del Jurado popular consideran que no hay «prueba alguna» de estos hechos y que hubiera sido «imposible» que la acusada hubiera mantenido con vida al feto y que hubiera podido trasladarlo al hospital para que lo atendieran, en las circunstancias en que se encontraba tras el parto.
Así lo han decidido tras finalizar la deliberación los miembros del Jurado tras el juicio que se ha celebrado esta semana en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria, en un veredicto que la procesada ha recibido entre lágrimas.
La acusada se enfrentaba a una petición de penas de 15 años de prisión por un delito de asesinato, al entenderse que el bebé falleció por no recibir los cuidados médicos adecuados. Al declararla el jurado no culpable, la Audiencia tendrá que dictar una posterior sentencia absolutoria.
Los hechos sucedieron en junio de 2009. La acusada, de 29 años de edad, nacionalidad dominicana y residencia legal en España, acudió a Urgencias de la Residencia Cantabria por los dolores del embarazo, que llegaba a las 27-28 semanas, y la diagnosticaron una rotura prematura de la bolsa, pero ella no quiso que se la ingresara y solicitó el alta voluntaria.
En el Centro de Orientación Familiar ‘La Cagiga’ la informaron de que no era posible abortar, al haber transcurrido el plazo legal. Al día siguiente, en su casa, expulsó el bebé cuando se encontraba en su domicilio.
El bebé nació vivo, y respiró fuera del claustro moderno, falleciendo posteriormente por su falta de madurez y por la carencia de asistencia médico.
Pero en cambio, el Jurado rechaza que la acusada no le prestara la atención que requería, ni que lo trasladara en un recipiente de plástico hasta un contenedor de basura en donde lo depositó, como sostenía el Ministerio Fiscal y declaró ella misma en el juicio.
El Ministerio Fiscal rebajó su petición de pena para la acusada, de los 18 años de prisión iniciales a 15, al contemplar como circunstancia atenuante la confesión de los hechos por parte de la madre en el hospital a la Policía.