El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz toma declaración indagatoria para comunicar su procesamiento por colaboración con banda armada a los tres mandos policiales imputados en el «caso Faisán» por el «chivatazo» que el 4 de mayo de 2006 alertó a ETA de una operación contra su red de extorsión.
Ellos son el exdirector general de la Policía Víctor García Hidalgo; el jefe superior de Policía del País Vasco, Enrique Pamiés, y el inspector de la Brigada de Información de Álava José María Ballesteros, a los que el magistrado procesó el pasado 13 de julio por un delito de colaboración con banda armada o encubrimiento y por otro de revelación de secretos.
En el auto de procesamiento, Ruz planteó las dos calificaciones alternativas de colaboración terrorista o encubrimiento, aunque se inclinó más por tipificar los hechos como delito de colaboración con banda armada, castigado hasta con diez años de cárcel, mientras que el de revelación está penado hasta con tres años de prisión.
El juez sitúa a Ballesteros como la persona que entró en el bar Faisán de Irún (Guipúzcoa) y entregó a su dueño, Joseba Elosua, el teléfono móvil con el que se efectuó el «chivatazo», cuya autoría atribuye a Pamiés, mientras que sostiene que García Hidalgo consensuó con este último «la acción perpetrada el 4 de mayo».
Según consta en el auto, el móvil del soplo que alertó a ETA de la operación policial en pleno proceso de negociación con la banda no ha podido acreditarse, si bien el magistrado descarta que la intención directa de los procesados fuera colaborar con los etarras.
Ruz entiende que, con independencia del ánimo o el móvil que guiara el «chivatazo», el autor de las «revelaciones» debe tener necesariamente conciencia de estar llevando a cabo una acción que supone «una colaboración idónea y potencial» con las actividades de ETA, unos objetivos que «no cabe entenderlos directamente queridos por parte de los imputados» en atención a los cargos que ocupaban.