La Ley de Enjuiciamiento Criminal recoge en los artículos 411 y 412, que los únicos que no tienen obligación de declarar como testigos en las causas penales son el Rey, la Reina, sus respectivos consortes, el Príncipe Heredero y los Regentes del Reino. Por tanto el resto de miembros de la familia Real tiene obligación de declarar, aunque con un privilegio: poder hacerlo por escrito o en sus despachos. Urdangarin estaría incluido en este bloque, al igual que el Presidente del Gobierno y el Fiscal General del Estado.
Sin embargo este privilegio es exclusivamente si es citado como testigo, pero la Ley no contempla ningún privilegio si este miembro de la Familia Real es imputado. En este caso Iñaki Urdangarin tendría la obligación de comparecer en el despacho del juez de instrucción, como cualquier ciudadano.
De igual modo, la condición de miembro de la Familia Real tampoco le sirve para que la investigación se envíe al Tribunal Supremo, a menos que fuera el Rey, la Reina o el Príncipe.
Cambiar el Decreto Real para que dejara de pertenecer a la Corona
Iñaki Urdangarin seguirá formando parte de la Primera Familia, a menos que se modifique el Real Decreto 2917/1981, de 27 de noviembre, por el que se establece el Registro Civil de la Familia Real.
La composición de la Familia Real sólo puede modificarse mediante una ley. Por tanto, pase lo que pase judicialmente, si no se modifica la Ley seguirá siendo parte, tanto él como las Infantas, de la Familia Real.
Del mismo modo, el detalle se ve en la página web de la Casa Real en la que Iñaki Urdangarin aún sigue apareciendo como parte de la familia.
Por el momento sólo hay un precedente; Jaime de Marichalar dejó de ser miembro de la Primera Familia tras el divorcio de la Infanta Elena.
Redacción Estrella Digital