miércoles, noviembre 27, 2024
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La Audiencia admite a trámite el recurso del PSOE contra la amnistía fiscal

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La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha admitido a trámite el recurso presentado por el PSOE contra la resolución del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas sobre Medidas Dirigidas a la Reducción de Déficit Público que incluían la conocida como amnistía fiscal.

La Audiencia Nacional ha solicitado, además, al Ministerio de Economía que le remita las expedientes administrativos de esta resolución en un plazo de 20 días. La Sala refleja también en un auto hecho público este miércoles que tiene como personado al PSOE en la causa y ordena la publicación de su decisión en el BOE, concediendo 15 días para la personación en la causa de aquellas personas que puedan estar interesadas.

El PSOE, que también ha presentado un recurso de inconstitucionalidad sobre este asunto ante el Tribunal Constitucional (TC), considera que la amnistía fiscal favorece a los defraudadores al permitirles regularizar su situación fiscal con un pago del 10% del valor de los bienes aflorados (para rentas superiores a 100.000 euros), mientras que los contribuyentes cumplidores pagan el 43%.

A su juicio, resulta «totalmente desproporcionado» sustituir todas las obligaciones exigibles en caso de declaración extemporánea, que representan de media un porcentaje del 56% de las rentas ocultadas (43% de cuota, más 20% de recargo sobre dicha cuota, más intereses de demora sobre dicha cuota) por el pago de una cantidad única del 10%.

En este sentido, el PSOE sostiene que la amnistía fiscal «vulnera gravemente» la esencia del deber constitucional de contribuir al mantenimiento de las cargas públicas y provoca una «quiebra profunda» de los principios de progresividad e igualdad en el pago de tributos.

También defiende que la regularización fiscal ofrecida es «subjetivamente selectiva» y «manifiestamente desproporcionada» por «beneficiar a un amplio colectivo de contribuyentes cuya nota caracterizadora es la de haber defraudado a la Hacienda Pública y no haber sido descubiertos por la Administración tributaria».

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