lunes, noviembre 25, 2024
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La Sala de lo Penal suspende la declaración de Bárcenas ante Gómez Bermúdez

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La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha acordado suspender por no resultar «necesaria» la declaración que el extesorero del Partido Popular (PP) Luis Bárcenas debía prestar mañana, viernes, ante el juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez Bermúdez en el marco de la causa en la que investiga la supuesta contabilidad B de esta formación política, informaron fuentes jurídicas.

El tribunal, que se ha reunido de urgencia a primera hora de esta tarde, ha admitido un recurso de apelación presentado por la Fiscalía Anticorrupción contra la providencia que el magistrado dictó el miércoles para interrogar al extesorero ‘popular’ y ha acordado la «suspensión cautelar» de esta comparecencia, al considerar que no tiene la «reconocida urgencia» que requiere la ley en casos de conflicto de competencia entre dos jueces.

Bárcenas, en todo caso, declarará mañana, a partir de las 10.00 horas, ante el responsable del Juzgado Central de Instrucción número 5, Pablo Ruz, que abrió una pieza separada del ‘caso Gürtel’ en la que también investiga los denominados ‘papeles de Bárcenas’. Una hora y media más tarde lo hará el también extesorero ‘popular’ Álvaro Lapuerta.

«Mañana o en otro momento»

Los magistrados Ángel Hurtado, Enrique López y Julio de Diego consideran que, aunque no pueden ni deben entrar en el conflicto de competencias entre los dos jueces, la petición de la Fiscalía Anticorrupción «ofrece datos, argumentos y justificaciones documentales que, sin prejuzgar el fondo del asunto, generan la apariencia de buen derecho suficiente, como para adoptar con la urgencia que requiere el caso la suspensión solicitada».

En un auto dictado tras una hora de deliberaciones, el tribunal justifica su decisión argumentando que las diligencias ordenadas por los dos instructores, que «parece que se consideran competentes para conocer de un mismo» asunto, no son «necesarias» ni «de reconocida urgencia», al tratarse de «una toma de declaración que, de la misma manera que se tome mañana, puede ser tomada en otro momento».

A su juicio, el aplazamiento de la declaración de Bárcenas por parte de Gómez Bermúdez resulta «más prudente» en la medida en que se podría cuestionar la «regularidad» de las comparecencias que fueran «tomadas por juez que no fuera competente, circunstancia esta que se evitaría resuelto el conflicto que llegara a plantearse».

«Absurdo e innecesario», para el fiscal

El Ministerio Público, que también ha recurrido la providencia de Gómez Bermúdez en la que dejaba «sin efecto» la resolución en la que suspendía las diligencias que había ordenado, considera que el procedimiento emprendido por el titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 es «absurdo», ya que la declaración de Bárcenas resulta «innecesaria».

En el recurso de apelación presentado a la Sala de lo Penal contra la providencia en la que Gómez Bermúdez citaba a declarar a Bárcenas, el fiscal Antonio Romeral solicitaba la «suspensión cautelar» de esta comparecencia «en tanto no se resuelva el recurso de apelación» que ha planteado para determinar la competencia de la causa.

«Su práctica haría inútil la resolución de la Sala, si fuera favorable a nuestra pretensiones, y desde luego perjudicial para el correcto y cabal desarrollo de la causa», argumenta el fiscal antes de señalar que «la misma declaración, por los mismos hechos y con antelación» fue acordada por Ruz.

«Radical cambio de parecer»

En el segundo recurso, en el que se cuestiona la providencia por la que Gómez Bermúdez anuló la «suspensión» de las declaraciones de Bárcenas, Lapuerta y diez supuestos donantes del PP, el fiscal considera «sorprendente» el «radical cambio de parecer» del juez instructor, que, a su entender, «carece de cualquier apoyo fáctico y jurídico».

«Entender que la esencia de la suspensión varía por pasar de estar pendiente de resolver sobre la inhibición planteada a plantearla, nos sitúa más en el ámbito de la picaresca para distraer la atención del Ministerio Fiscal y evitar un recurso previo, que en el entendimiento cabal y leal de las normas aplicables al caso en que analizamos», asegura su escrito.

Del mismo modo, cuestiona que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 acuerde el interrogatorio de Bárcenas antes de recibir la documentación que había pedido al PP, la Agencia Tributaria y el Tribunal de Cuentas, entre otros organismos. «Hace inútil la práctica de una diligencia acordada en la medida que la recepción de los documentos requeridos no serán tenidos en cuenta para adoptar la resolución para la que fueron solicitados», apunta el fiscal.

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