miércoles, octubre 9, 2024
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José Bretón, condenado a 40 años de cárcel, el máximo permitido por ley

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José Bretón, padre de los pequeños Ruth y José, ha sido condenado a un total de 40 años por dos delitos de asesinato, los de sus dos hijos en Córdoba, según la sentencia dictada por el juez. La condena se produce después de que las siete mujeres y dos hombres que integraron el jurado del caso y cuya vista oral concluyó este mismo mes emitiera por unanimidad un veredicto de culpabilidad tras tres días de deliberación.

Para la defensa, José Bretón es inocente y debía ser absuelto, mientras que la fiscal y la acusación particular pedían esta pena de 40 años de prisión, por presuntamente haber asesinado en octubre de 2011 a sus dos hijos, Ruth (seis años) y José (dos años) y haber denunciado falsamente su desaparición. De ellos ya ha cumplido dos en prisión preventiva, que se le descontarán.

El tribunal popular ha estimado probado que Bretón, «prevaliéndose de su condición de padre y de su mayor fortaleza física, confianza de los niños y autoridad sobre ellos», acabó con sus vidas. Es en el punto 14 donde más claramente se aprecia la alevosía que ha valido al juez para condenar a José Bretón a lo máximo que permite el Código Penal. Si el juez hubiese calificado jurídicamente los hechos probados como homicidio, la pena de prisión para el padre de los niños Ruth y José no superaría en ningún caso los 30 años.

Además, el juez Pedro Vela ha impuesto al padre de Ruth y José la prohibición de acercarse a su ex mujer, Ruth Ortiz, su madre Obdulia y su hermano Estanislao en un radio de un kilómetro así como la prohibición de comunicar con ellos por cualquier medio durante 21 años por cada delito de asesinato. A la madre de los niños, Bretón tendrá que indemnizarla con 500.000 euros por el daño moral sufrido y al Ministerio del Interior con 137.335,65 euros y el Ayuntamiento de Córdoba con 22.567 euros por los gastos generados de la búsqueda infructuosa de los niños. También ha sido condenado el propio José Bretón a nueve meses de multa, a razón de diez euros diarios, por un delito de simulación de delito.

El juez Pedro Vela ha ordenado tambén que la clasificación del condenado en el tercer grado de tratamiento penitenciario no se podrá efectuar hasta el cumplimiento de la mitad de la pena impuesta, cuando haya cumplido 25 años de prisión. El abogado de Bretón ya ha anunciado varios recursos, uno ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y otro de casación ante el Tribunal Supremo. Según él, los huesos que sirvieron hasta 12 peritos para concluir que eran humanos fueron cambiados, es decir, no fueron los mismos que la Policía encontró en la hoguera de Las Quemadillas.

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