domingo, noviembre 24, 2024
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Culpable por cometer un «asesinato con alevosía»

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La Audiencia de Barcelona ha condenado a 59 años de cárcel a Alejandro C. por asesinar con alevosía a los padres de su exnovia y una nieta de estos, de 16 años, en su domicilio de la calle Sardenya de Barcelona la mañana del 27 de enero de 2012.

Tras el veredicto del jurado que lo declaró culpable, ahora la Audiencia lo condena a 22 años y seis meses de prisión por asesinar con alevosía y ensañamiento a la menor; a 17 años y medio por el asesinato con alevosía de cada uno de los dos ancianos, y un año y seis meses más por un delito de violencia psíquica habitual hacia su expareja.

El tribunal ve probado que esa mañana Alejandro C. accedió a la vivienda donde vivían las tres víctimas y «provisto de un martillo golpeó reiteradamente a esas tres personas» hasta acabar con sus vidas.

La Audiencia considera que el asesinato de sus tres familiares fue el punto final del acoso constante ejercido durante meses contra excompañera: «la culminación de la obsesión del acusado como una cruel venganza por no poder recuperar la convivencia con ella», recoge la sentencia.

La relación y la convivencia de varios años entre Alejandro C. y su pareja se rompió en junio de 2011 cuando ella se fue a vivir al domicilio de la calle Sardenya de los padres, de 87 y 78 años, para cuidar de ellos, y donde vivía también su sobrina de 16 años.

Él nunca aceptó la ruptura y la sometió a continuos seguimientos: revisaba sus facturas de teléfono y contactaba con las personas que se relacionaba con ella, e instaló un dispositivo GPS para seguir su coche y mandarle mensajes amenazantes, entre otras acciones, todo ello con el fin de que volviera con él su excompañera a la que provocó «una continua presión psicológica».

Se ensañó con la menor

Así, el 27 de enero por la mañana entró a la vivienda y asesinó a los tres, que no esperaban ni pudieron prever el ataque mortal y además, en el caso de la menor, le ocasionó un gran sufrimiento por el número de golpes y las zonas donde le provocó las lesiones, «siendo innecesarias algunas de ellas para causarle la muerte».

El tribunal del jurado consideró en su veredicto que no había podido probarse el ensañamiento en el asesinato de los dos ancianos, pero sí en el caso de la menor, tanto por la forma de los golpes como por una conversación por 'WhatsApp' entre dos vecinas mientras se producían los hechos sobre los «gritos de la niña», y que acreditan que los golpes se produjeron durante más tiempo.

Además de los 59 años de cárcel –de los que no cumplirá más de 30, el máximo por ley–, la Audiencia ha impuesto a Alejandro C. la prohibición de acercarse a menos de 1.000 metros de su expareja y de comunicarse «por cualquier medio» con ella durante diez años por los crímenes y otros cinco por el acoso.

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