El nuevo destino del teniente coronel Antonio Tejero Díaz, hijo del golpista Antonio Tejero Molina, será el Servicio de Armamento y Equipamiento Policial, también con sede en Valdemoro (Madrid), según han informado fuentes conocedoras de la decisión. En ese mismo lugar es donde tiene su base el Grupo de Reserva y Seguridad número 1 (antidisturbios de la Guardia Civil) del que él era responsable hasta que fue cesado por organizar en las instalaciones del Instituto Armado una comida conmemorativa del 23F en la que, entre otros, asistió su padre.
La Audiencia Nacional ha emitido un auto en el que ordena al Ministerio del Interior que le restituya provisionalmente en su puesto hasta que decida definitivamente sobre el recurso que el mando presentó contra su cese. Pero la Dirección General de la Guardia Civil, tras asumir ese auto y devolverle a su puesto, inmediatamente después le ha destinado a otro en régimen de Comisión de Servicios, concretamente a un puesto burocrático en el Servicio de Armamento y Equipamiento policial, dependiente de la Subdirección General de Apoyo.
Por ello, de momento, Tejero no volverá a su puesto. Además, la Dirección General podría adoptar una estrategia similar en caso de que la Audiencia Nacional terminase fallando a favor de los intereses de Tejero ya que cuando se le asignó la dirección del GRS fue un nombramiento de libre designación, los conocidos como cargos de confianza y por tanto bastaría una pérdida de confianza para cesarle de nuevo.
Tras conocerse la conmemoración del golpe de Estado, Tejero fue cesado por el propio ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, y el teniente coronel quedó sin destino, disponible a la espera de una vacante. Los guardias civiles que se encuentran en esa situación ven considerablemente mermada su retribución al perder complementos como el de destino o el de productividad.
En un auto, el titular del Juzgado Central Contencioso-Administrativo número 6, Luis Carlos de Rozas, admite la medida cautelar solicitada por Tejero Díez tras recurrir el cese, adoptado por el Ministerio del Interior, al entender que esta medida podría causarle «perjuicios de difícil reversibilidad» en el caso de que el recurso, que tiene «apariencia de buen derecho», llegara a prosperar.
Entre esos perjuicios el magistrado cita la pérdida de retribuciones, que sería «fácilmente resarcible en el caso de obtener una sentencia estimatoria» cuando se aborde el fondo del asunto, y la pérdida de destino y del derecho al pabellón oficial que ocupa que se derivaron de la decisión de Interior.
Competencia de la Guardia Civil
Además, el magistrado señala que la ley no asigna al ministro del Interior la competencia para revocar un destino que fue conferido por resolución del director general de la Guardia Civil, y que es esta autoridad «a quien se reserva» la facultad de revocar los destinos de libre designación que concedió.
«La competencia para la revocación de un destino que no es de mando, conferido por el director general de la Guardia Civil, se reserva legalmente al director general del Cuerpo y no al ministro del Interior», señala el juez antes de destacar la necesidad de que la Administración actúe en todas sus decisiones «con sometimiento al principio de legalidad».