martes, noviembre 26, 2024
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Los catalanes que no viven en Cataluña no podrán votar

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La ponencia del Parlament que trabaja en la ley de consultas no refrendarias ha acordado este viernes que los catalanes empadronados en el resto de España no podrán votar en las consultas, al considerar muy difícil «jurídica y operativamente» incluirlos en el censo.

Fuentes parlamentarias han explicado que, tras estudiar el Govern y la ponencia el informe solicitado a los servicios jurídicos del Parlament, han descartado la posibilidad que los catalanes residentes en otras autonomías pudieran votar por la condición de «vecindad civil».

La vecindad civil implica que estos ciudadanos han estado empadronados en Cataluña y ahora lo están en otro lugar de España, y esta condición se mantiene hasta 10 años después de que la persona en cuestión abandonase el padrón de Cataluña para figurar en el de otra comunidad.

El informe de los servicios jurídicos advierte de las dificultades que puede conllevar incluir a estas personas en el censo, por lo que finalmente se ha descartado incorporar esta opción en el texto final de la ponencia que podría estar listo el 16 de julio.

Sí estarán en el censo de estas consultas –que debe ser distinto al censo electoral– los mayores de 16 años y los ciudadanos de la UE y de terceros países que lleven un cierto tiempo en Cataluña, aunque todavía no hay acuerdo sobre el plazo de tiempo necesario.

Mecanismos de votación

Este viernes también se ha avanzado en las metodologías de voto para las consultas, y la ponencia prevé que a la votación en urna se pueda añadir en determinados casos métodos complementarios como el voto por correo, el voto electrónico y el voto a depósito –poder votar presencialmente de forma anticipada–.

También se han cerrado otros aspectos logísticos, como el hecho de que no habrá jornada de reflexión y las campañas de las consultas finalizarán justo antes de las 00.00 horas del día de la votación.

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