El nuevo Código Penal pensado para combatir a los autores de los delitos más graves, entre ellos asesinos múltiples, pederastas o terroristas, lleva justo un año paralizado en el Congreso de los Diputados donde se ha ampliado el trámite de presentación de enmiendas en nada menos que en 35 ocasiones.
Este texto endurece los actos cometidos contra la libertad sexual de los menores e introduce por primera vez penas como la prisión permanente revisable en el ordenamiento jurídico español. No obstantes, esta pena se contempla únicamente para violadores que después asesinen a su víctima, entre otros supuestos.
De este modo, esta pena no podrá ser aplicada en el caso del presunto pederasta de Ciudad Lineal, Antonio Ortiz, ya que no acaba con la vida de las niñas y en cualquier caso el texto legislativo está 'congelado' en la Cámara Baja desde su entrada hace ahora un año, el 24 de septiembre de 2013.
Desde entonces, se ha celebrado el debate de las enmiendas de totalidad presentadas por el PSOE, CiU, la Izquierda Plural, el Grupo Mixto y el Grupo Vasco pidiendo devolver la reforma al Gobierno y han comparecido múltiples expertos que han coincidido en desmontar los puntos claves del texto, entre ellos la prisión permanente revisable.
La Cámara Baja ha ampliado reiteradamente el plazo de presentación de enmiendas parciales y el Gobierno ha avanzado su intención de introducir nuevas penas, como es el caso de los yihadistas retornados.
Aunque en un principio se pensó aplicar la prisión permanente revisable a violadores y pederastas, finalmente la pena se planteó para los asesinatos más graves, entre ellos, los que tengan víctimas menores de 16 años o especialmente vulnerables o se cometan tras un delito sexual.
Esta figura, que puede ser revisada tras un periodo de cumplimiento de entre 25 y 35 años en la cárcel, no se podría imponer así a casos como el de Ciudad Lineal donde no hay víctimas mortales.
No se aplicó la libertad vigilada excarcelados de 'Parot'
En cambio, el texto sí profundiza en la posibilidad de aumentar las medidas de seguridad para los delincuentes más peligrosos, considera delito cualquier acto sexual con menores de 16 años salvo que exista proximidad de edad o madurez o castiga a los clientes españoles de prostitución infantil aunque cometan el delito en el extranjero.
La reforma tipifica como delito hacer presenciar a un menor de 16 años relaciones de terceros o abusos cometidos sobre terceros y contactar con ellos a través de medios tecnológicos para embaucarles y que faciliten imágenes pornográficas.
El proyecto de Código Penal mejora la regulación de la libertad vigilada para favorecer su aplicación, una medida de seguridad incluida en la reforma de 2010 para ser cumplida tras la extinción de la condena en prisión por los delincuentes sexuales peligrosos.
Esta figura tendrá una duración mínima de tres años y una duración máxima de cinco, pudiendo ser prorrogada por plazos de cinco años cuando haya un riesgo relevante de cometer nuevos delitos. El hecho de no fijar un tope, fue cuestionado por los juristas en el Congreso.
Precisamente, el ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, admitió a finales del pasado año que legalmente no se podía aplicar la libertad vigilada a los violadores en serie que fueron excarcelados a raíz de la derogación de la 'doctrina Parot'. No obstante, se extremó la vigilancia ya que en muchos casos este tipo de condenados no logran rehabilitarse durante su estancia en la cárcel y la posibilidad de que reincidan es relativamente alta.
La derogación de la 'doctrina Parot' por parte del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, puso en la calle a una docena de violadores, entre ellos el violador del ascensor Pedro Gallego, con 18 violaciones y dos asesinatos; Juan Manuel Valentín Tejero, quien secuestró, asesinó y violó a la niña de nueve años Olga Sangrador; Miguel Ricart, uno de los autores del asesinato de las tres niñas de Alcàsser; o el violador del estilete Félix Vidal Anido.
Este hombre, que cumplió 32 años en prisión por atacar a 56 mujeres, está estos días siendo juzgado en la Audiencia Provincial de Lugo por intentar agredir a una mujer a la que siguió a su casa aunque no pudo consumar sus pretensiones porque el hijo de la víctima se encontraba en el domicilio y comenzó a pedir socorro.