Un magistrado del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha declarado la apertura de juicio oral contra la diputada del PP en las Corts Valencianes, Elisa Díaz, hija del exalcalde de Alicante Luis Díaz Alperi, por una falta de lesiones en concurso con delitos de lesiones imprudentes después de que supuestamente lesionara a una mujer con la que discutió en un albergue de animales donde colaboraban como voluntarias, en Orihuela en 2013.
La otra mujer acusada, que sufre una sordera total del oído derecho, fue igualmente procesada por el instructor por una posible falta de lesiones a la diputada 'popular'.
En el auto de apertura de juicio oral, facilitado por el TSJCV, el tribunal declara que la Sala de lo Civil y lo Penal es la competente para el enjuiciamiento y fallo de la causa. Asimismo, en una diligencia de ordenación del secretario de la sala, se concede a las acusadas el plazo común de diez días para que presenten su escrito de defensa frente a las acusaciones formuladas. Contra esta última resolución cabe recurso en el plazo de tres días.
En el auto del instructor se señala que en este caso tanto el fiscal como la acusación particular que representa a la supuesta víctima ya han presentado sus escritos donde han solicitado la apertura de juicio oral por hechos que consideran que pueden ser constitutivos de una falta de lesiones y una falta de lesiones en concurso ideal con delito de lesiones por imprudencia grave y un delito de lesiones respectivamente.
Sin embargo, la defensa de la diputada, a la que se le dio traslado para que se pronunciara respecto de la agresión de la que por su parte pudo ser víctima, dejó transcurrir el plazo sin formular alegación alguna.
En este caso, al haber sido solicitada la apertura de juicio oral, el instructor la ha acordado ya que «no existen razones que justifiquen el sobreseimiento de la causa en cualquiera de sus modalidades». Por ello, decide que se celebre el juicio, que será en la sala de lo Civil y Penal del TSJCV dada la condición de aforada de Díaz. El instructor también ha acordado la apertura de las piezas de responsabilidad civil donde se arbitrarán las medidas necesarias para asegurar las responsabilidad pecunarias que se pudieran derivar.
Tras un enfrentamiento entre los perros
Los hechos tuvieron lugar el 14 de agosto de 2013 cuando las dos mujeres se encontraban en un albergue de animales en la localidad de San Bartolomé-Orihuela donde realizan labores de voluntariado y, en un momento determinado, ante un enfrentamiento entre los perros que paseaban, surgió un enfrentamiento violento entre ellas, en el que Elisa Díaz «pudo propinarle una única bofetada» que afectó al oído derecho de su oponente, que a su vez pudo haberle dado varios manotazos a la parlamentaria en la cara y el hombro.
La mujer fue atendida en el hospital y se considera probado que padece una sordera total del oído derecho, mientras que a Elisa Díaz le apreciaron contusiones. La sala explica que una consideración objetiva de los hechos llevaría a plantear un eventual delito de lesiones por la pérdida del oído, –lo que obligaría a considerar penas de entre los seis y 12 años de cárcel–, si bien sostiene que no concurre un elemento intencional ya que la eventual autora «en modo alguno se pudo representar la producción de un resultado de esta magnitud».