jueves, octubre 3, 2024
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El juez archiva la causa por las ‘tarjetas b’ a Spottorno

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El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha archivado la causa por las 'tarjetas black' de Caja Madrid que seguía contra el exjefe de la Casa del Rey Rafael Spottorno y otros once exdirectivos de la entidad, aunque les mantiene en la causa como partícipes a título lucrativo de los delitos presuntamente cometidos.

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 señala en un auto que los 12 exdirectivos a los que se archiva el procedimiento eran empleados por cuenta ajena de Caja Madrid, por lo que no puede atribuírseles un delito de administración desleal como a los exmiembros del Consejo de Administración o del Comité de Control de la entidad.

El magistrado, que destaca que todos los imputados alegaron que lo gastado con sus 'tarjetas black' era un complemento retributivo y de libre disposición para el usuario, también sobresee las actuaciones, entre otros, para el exdirector general de Caja Madrid y número dos de Miguel Blesa, Matías Amat, y para el exsecretario general del Consejo de Administración Enrique de la Torre.

También sobresee provisionalmente la causa para el exdirector de Sistemas y Organización de Caja Madrid Ricardo Morado (que gastó 443.000 euros); el ex director general de Banca Comercial Ramón Ferráz Ricarte (390.000); el exdirector de Banca Comercial y ex consejero delegado de la Corporación Caja Madrid Mariano Pérez Claver (354.100) y el exdirector de Comunicación Juan Manuel Astorqui (287.000).

Completan esta relación el ex director gerente de la Obra Social Caja Madrid Carlos María Martínez (271.900); la exdirectora de Auditoría Interna y exdirectora gerente de la Obra Social Carmen Contreras (277.000); el director de la Banca de Negocios Carlos Vela García (246.000); el exdirector de Riesgos Ramón Martínez Vilches (99.000) y el exdirector del Gabinete del Presidente y exdirector de Gestión de Activos Luis Gabarda Durán (134.800 euros).

Entre los doce gastaron un total de 3,4 millones de euros en gastos personales. El juez apunta que, «aun no siendo relevante desde un punto de vista penal», su conducta les permitió «obtener un beneficio económico procedente de la comisión de un delito», lo que les obligaría a «la restitución de lo percibido».

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