El Gobierno gallego ha aprobado el anteproyecto de Ley de protección y bienestar de animales de compañía que, entre otras novedades, prohíbe de forma expresa mutilaciones estéticas en animales -son habituales los cortes de orejas y rabos en determinados perros- y fija la obligación de obtención previa de la licencia municipal para canes de razas peligrosas.
Al término del Consello de la Xunta, el presidente, Alberto Núñez Feijóo, ha anunciado la luz verde a esta ley, que «equipara» la norma de la comunidad con la de otras autonomías y Estados europeos, implanta medidas en el control del abandono de los animales y apuesta por la educación de la ciudadanía en el respecto y la protección a los animales.
La ley aspira a luchar «contra el maltrato animal», no solo en su representación de violencia extrema, sino también en otras manifestaciones, tales como someter al animal a condiciones higiénicas y sanitarias cuestionables, o su empleo en espectáculos prohibidos o en los que no se garanticen unas condiciones mínimas de bienestar.
Así, establece la prohibición expresa de determinadas mutilaciones estéticas en los animales, como el corte de orejas o rabo a los perros, habitual para mantener una serie de características de un tipo de raza.
También se impedirá la utilización de cualquier mecanismo que evite o limite la movilidad de un animal, que le produzca daños o sufrimientos o le impida mantener su posición normal, e incluso se prohíbe el empleo de animales silvestres en espectáculos circenses y se tipifica dicha infracción o delito como muy grave.
Abandono y razas peligrosas
Otro de los retos a los que se enfrenta la ley es la de paliar el abandono de los animales domésticos y a lograr este objetivo se destinan varias medidas. Así, las asociaciones de la defensa y protección de los animales podrán ser declaradas entidades colaboradoras de la Xunta y poder así suscribir convenios de colaboración para hacer énfasis en la divulgación y en la educación.
Además, se introduce la obligación de identificación en todos los perros, mediante microchip, y la inscripción en el Registro gallego de identificación de animales de compañía, lo que minorará el abandono, y se crearán los hogares de acogida con un régimen de acogimiento temporal en los que se garantice el cuidado y atención que precisen los animales.
En lo que respecta a animales potencialmente peligrosos, además de fijar su concepto y de concretar las razas de perro con esa consideración, se fija la obligación de obtención previa de la licencia municipal para poder tener un perro de esta categoría y se deberá inscribirlos en el registro municipal de animales peligrosos.
Por otra parte, la norma fija incorpora un artículo sobre las aves de presa en cautividad para 3/3/2016 La Xunta prohíbe la mutilación estética de orejas y rabo a los perros las que será necesario obtener una autorización administrativa, a la vez que deberán ser identificadas individualmente con microchip o anilla.
Sanciones
En cuanto al régimen sancionador, se tipifican las distintas conductas que suponen una infracción como leves, graves o muy graves. Se mantienen los importes que están fijados en la ley en vigor y, en el caso de que el cumplimiento de las obligaciones corresponda a varias personas conjuntamente, así como cuando no sea posible determinar el grado de participación, la responsabilidad será solidaria.
Así, cuando se celebren espectáculos prohibidos incurrirán en infracción administrativa no solo sus organizadores, sino también las personas que cediesen terrenos, locales o animales, así como los participantes.
Una de las novedades del régimen de multas es la posibilidad de rebajar el importe en el supuesto de haberse corregido la situación creada antes de que finalice el procedimiento administrativo de la sanción.
Feijóo ha incidido en que esta ley fue comentada con distintos miembros del Consello Xeral del Colexio de Veterinarios y, a partir de ahora, se someterá a información pública para las posibles alegaciones que quieran hacer los distintos colectivos.