Llevan intentando seis años que se les dé la pensión íntegra tras resultar heridos en actos de servicio y van a tener que seguir luchando. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo no ha admitido la demanda de un grupo de unos 300 militares, guardias civiles y policías heridos en actos de servicio, con la que solicitaban que se reconozca su derecho a recibir la pensión de retiro y jubilación extraordinaria por una incapacidad originada en un acto de servicio que se equipare a la que perciben personas de esos mismos colectivos que han resultado incapacitadas en un acto terrorista.
Estrasburgo ha rechazado estudiar el caso ya que considera que “no se ha producido una violación del Convenio Europeo de Derechos Humanos” al alegar que no se cumplen los artículos 34 y 35 de ese tratado y, por ello, no se pronuncia sobre la cuestión, según ha explicado a Estrella Digital Héctor Cueli, abogado del bufete Osuna, que representa a los afectados.
Aun así, este grupo de militares, guardias civiles y policías seguirán luchando para que se les reconozcan sus pensiones en igualdad de condiciones con sus compañeros. En estos momentos, estudian cuál es la mejor fórmula para poder seguir reclamando el cumplimiento de lo que consideran un derecho. “Existen varias opciones, pero tenemos que estudiar cuál es la mejor vía”, explica Cueli, que destaca que en torno a esta causa se reunido un “grupo de afectados cada vez más amplio desde los 300 que comenzaron inicialmente”. “No podemos tirar la toalla porque el Tribunal Europeo de Derechos Humanos nos haya dicho que no. Llevamos seis años tratando de conseguirlo, así que seguiremos luchando, aunque sea difícil”, explica el abogado.
Estas personas deberían cobrar una pensión “que corresponde al doble que el del haber regulador [cantidad de referencia para las pensiones que se marca cada año en los presupuestos]. De modo que si está, por ejemplo, en 2.000 euros, la pensión que le correspondería a un policía que resulta incapacitado en una persecución sería de 4.000 euros”, explicaba a Estrella Digital el abogado del bufete Osuna en diciembre del año pasado, cuando acudieron al Tribunal Constitucional para reclamar esta equiparación.
El problema con el que se encuentran estos militares y agentes heridos es que los presupuestos marcan una pensión máxima, de modo que “nunca cobran la cantidad completa, sino el tope máximo que se establece en los presupuestos”, que ronda los 2.500 euros. A los afectados por un acto terrorista no les afecta esa restricción y cobran la cuantía completa.
“La resolución de esta demanda es una cuestión económica. Pagar el doble de pensión a este colectivo supone un gran desembolso. Es complicado que alguien tome una decisión así, que puede causar un agujero en las arcas del Estado”, explica Cueli
La Justicia española no les ha dado la razón en ninguno de sus intentos, hasta que agotaron la vía judicial española en el Tribunal Constitucional. Por eso han acudido a los jueces europeos, en los que tenían puestas muchas esperanzas, tal y como contaban a este periódico hace poco más de un año –especialmente en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, que ahora les cierra la puerta.
«La mejor vía»
Una de las opciones que tienen es acudir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con sede en Luxemburgo -el mismo que ha terminado levantando las cláusulas suelo de las hipotecas en España- al que recurrir para seguir reclamando ese derecho.
Este tribunal, en el que cada país miembro de la Unión Europea tiene un juez, ha tenido una importante relevancia en los últimos meses en varios casos a que afectan a España, como la decisión sobre los trabajadores temporales de la sanidad madrileña, con la que se equiparan las indemnizaciones por despido de trabajadores temporales a las que reciben los indefinidos.
Paula Pérez Cava