miércoles, octubre 2, 2024
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La sentencia del Caso Nóos legaliza el modelo valenciano

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La parte valenciana del caso Nóos ha sido exculpada. El exvicealcalde de Valencia, Alfonso Grau, y otros cuatro acusados, incluido el exsecretario de Turismo de la Generalitat, Luis Lobón, han sido absueltos. El modelo de gestión del PP valenciano, en el momento Camps y Barberá, recibe un espaldarazo judicial.

La fractura en los juzgados de Palma ha estallado definitivamente. El juez Castro se queda solo y hasta el fiscal Horrach se lleva un palo: le rebajan las penas a Urdangarín y le exculpan a la parte valenciana.

Los responsables valencianos venían afectados por los convenios de Valencia Summit de 2004 a 2006, organizados por el instituto Nóos y financiados por la Fundación Turismo Valencia, dependiente del Ayuntamiento, y la Ciudad de las Artes y las Ciencias, dependiente de la Comunidad Valenciana.

El tribunal parte de un principio de interpretación: con doce años de retraso no se puede evaluar un comportamiento administrativo. Una afirmación que trata de evitar la ira social como argumento jurídico. Hoy, dicen las juezas «resulta palmario que la actuación desplegada se hallaría al margen de la legalidad, pero en aquel momento lo cierto es que la Administración se conducía del modo descrito, aprovechando ciertas antinomias legales».

Hace doce años, vienen a decir, la Ley no era tan precisa como ha ido siendo, a medida que se conocían malas prácticas y comportamientos irregulares o ilegales. Por ello, aseguran, «siempre existirá una alternativa razonable que explique la creencia de los acusados de que podían hacer lo que hacían».

Reproche moral más no ilegalidad

“No toda ilegalidad administrativa puede ser elevada a delito”, afirman las magistradas al referirse a las prácticas de gestión del Turismo Valencia y de la Ciudad de las Artes. Ambas entidades funcionaban así antes del Instituto Nóos, citando las juezas los tres años que van de 2004 a 2006 como ejemplo.

Afirmaciones de legalidad que las juezas expresan «con independencia del análisis sobre la forma de gestión” tanto de Ayuntamiento y Comunidad. Un criterio que parece sugeriría reproche moral pero no un principio de legalidad. No pocos alcaldes y altos funcionarios locales vienen defendiendo cosas parecidas en numerosos procedimientos, que se basan en el contexto de la prevaricación.

Las juezas insisten en que no puede hablarse de prevaricación «sin concretar el procedimiento de contratación que se soslaya» y consideran que no ha quedado acreditado que la Ciudad de las Artes o Turismo Valenciano vulneraran ningún procedimiento previamente definido.

Recuerdan las magistradas un hecho relevante: las citadas entidades no figuraban en el registro de entidades instrumentales del Ayuntamiento y la Comunidad. Es decir, tenían un amplio campo de acción en el terreno del derecho privado. Puede ser discutible, como se apuntó, la externalización municipal del turismo pero eso, necesariamente, no es sinónimo de perversión administrativa.

Barberá, de nuevo exonerada

Dice la sentencia que Urdangarín se puso en contacto con la exalcaldesa Rita Barberá, después de noviembre de 2013, para exponerle cómo Valencia podría «capitalizar su reciente condición de sede de la Copa del América». No se ha acreditado que alcanzara ningún acuerdo entre ambos.

Tampoco dan crédito las juezas a la reunión en Zarzuela en la que Urdangarin se habría encontrado con Barberá y Camps. La carta de Urdangarín a Camps tampoco ha podido precisarse que fuera recibida por este. Tampoco Grau, exvicealcalde, se llegó a entrevistar con Urdangarín.

Este principio de no colusión entre responsables tranquiliza especialmente a la Casa Real y al Rey 'emérito'.

Los comportamientos Administrativos en Valencia

Las magistradas constatan la existencia de convenios entre las entidades, Turismo y Ciudad de las Artes, para financiar los señalados eventos. Afirman que el precio de los mismos no es “desproporcionado” y tiene especial transcendencia que se legitime la fórmula “Convenio de colaboración”.

Esta figura es profusamente utilizada por Comunidades Autónomas y Ayuntamientos y, afirman las juezas, no consta fuera elegida para «orillar la ley de contratos de la administración, al objeto de obviar un concurso público y beneficiar directamente a Nóos». 

Diego Torres logró cerrar finalmente el proyecto con Luis Lobón y José Manuel Aguilar (responsables de Turismo Valencia y Ciudad de las Artes) que aceptaron el evento, el Foro deportivo valenciano, mediante la figura del convenio y financiado en precio no desorbitado, al creer de las magistradas.

Miguel de la Balsa

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