La jueza de guardia de Cornellá ha solicitado a la miembro de los Mossos que abatió al argelino que asaltó la comisaría de Cornellà una serie de datos que hacen pensar que quiere analizar si hizo un uso correcto del arma. De hecho, ha requerido una prueba de balística para averiguar con exactitud la distancia a la que se encontraba el tiroteado y el número de disparos recibidos. Además, ha ordenado incautar el arma de la agente con el propósito de examinarla.
Los mossos, por su lado, deben abrir de oficio una investigación interna cuando uno de sus agentes usa el arma y produce una muerte. La normativa de los mossos es bastante restrictiva, aunque siempre abunde en términos genéricos, sobre el uso de armas.
Este abatimiento se produce justo en el aniversario de la muerte por disparos de los mossos de la mayor parte del comando yihadista que pilotaba el imam de Ripoll. Aquella actuación no mereció el menor reproche ni penal ni reglamentario. Por contra, recibieron loas de los miembros del Gobierno catalán.
Queda a criterio de los jueces y de los mandos policiales cuál es la interpretación correcta de las siguientes normas vigentes para los mossos:
Los mossos pueden usar el arma de fuego en diversos supuestos, por ejemplo, en caso de que el agresor ponga en peligro la vida de ciudadanos o agentes. Deben respetar los principios de «congruencia, oportunidad y proporcionalidad siempre que el riesgo o la agresión sean tan intensos o violentos que pongan en peligro la vida o la integridad física de las personas agredidas. El policía usará el arma cuando no pueda utilizar otros medios a su alcance».
Pero, «antes de usar el arma y si las circunstancias lo permiten, avisará al agresor para que desista de su actitud, advirtiendo que se encuentra ante un agente de la autoridad por si pudiera tener alguna duda sobre tal extremo».
«SI pese a todo el agresor continúa o incrementa el ataque con suficiente peligro como para comprometer la integridad física o la vida del policía o de terceras personas, se procurará disparar sobre partes no vitales del agresor, siempre teniendo en cuenta el principio que el uso del arma de fuego ha de causar la menor lesión posible a la persona contra la que se ha disparado».
«Cuando la situación haga que el uso del arma sea inevitable respetarán y protegerán al máximo la vida humana, actuarán con moderación y proporción a la gravedad del delito y disminuirán al mínimo las lesiones y los daños».
El agente debe valorar que es el único recurso útil que le queda sin poder usar otras medidas menos extremas. Y debe «hacer una clara advertencia de su intención de usar el arma de fuego con tiempo suficiente para que pueda ser tenida en cuenta».
Redacción