El juicio se celebró en dos sesiones los días 3 y 29 de octubre pasados y tanto la fiscalía como la acusación particular solicitaron para el procesado penas de 7 y 10 años de cárcel, respectivamente, por un delito de agresión sexual.
Los hechos sucedieron el 27 de octubre de 2014 cuando el «Contramaestre Casado» estaba anclado en el puerto de Alicante con motivo de unas maniobras.
Las acusaciones pública y particular sostenían que V.E.L.A., un buzo adscrito a la unidad de actividades subacuáticas de la Armada, se había introducido de madrugada en la litera donde dormía una marinera de maniobras, en la cubierta femenina de la embarcación, y la había forzado a mantener relaciones sexuales.
La denunciante corroboró esa versión durante la vista oral, mientras que él alegó que las relaciones habían contado con el consentimiento de la mujer.
En la sentencia, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Alicante ha optado por la segunda versión, aunque puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV).
Los magistrados basan la absolución en el testimonio de una testigo presencial de los hechos, otra marinera que dormía a apenas dos metros de la denunciante y que no observó en ningún momento «nada que le hiciera entender que la relación no fuera consentida».
El acusado confundió a esta segunda militar con la supuesta víctima, a la que andaba buscando en la zona de literas femenina tras haber coincidido con ella y otros soldados unas horas antes de copas en la zona de ocio del puerto alicantino.
Según el tribunal, la testigo, que tenía guardia en unas horas y necesitaba descansar, se revolvió y le señaló la cama de su compañera.
Luego, durante una hora, aproximadamente, escuchó golpes que le impedían conciliar el sueño, llegó a mandar callar a los implicados y acabó por abandonar la estancia.
En cualquier caso, no escuchó ni apreció «ningún gesto, ruido o petición de auxilio», señala el tribunal, que otorga «especial credibilidad y garantía» a sus manifestaciones, dada su «neutralidad», frente a las de los propios afectados.
El relato de esta testigo resulta «antagónico en extremos esenciales» al que recogen los escritos de acusación de la Fiscalía y la acusación particular, y debe conducir a «dictar un fallo absolutorio para el acusado», concluye la Audiencia.
El tribunal también rechaza condenar al buzo de la Armada por abusos sexuales, como alternativa al delito de agresión sexual, pues en ese caso «la base probatoria también es sumamente endeble».
Redacción