Ese día, tres sentencias establecieron que tenía que ser la banca -el prestamista-, y no el cliente -el prestatario-, el que se hiciera cargo de la citada tasa, ya que, corrigiendo su propia doctrina, la sala consideraba que eran las entidades las interesadas en inscribir la operación y elevarla a escritura pública.
Poco días después, el presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes, explicaba que las sentencias que atribuían a la banca el impuesto de las hipotecas eran «firmes y no susceptibles de revisión», produciendo plenos efectos en relación con las partes en litigio».
El fallo le costaba a los bancos la pérdida de 5.000 millones de euros de cotización bursátil en un solo día, y obligaba al presidente de la sala de lo contencioso-administrativo, Luis María Diez Picazo, a convocar un pleno que comenzó ayer.
Tras casi 16 horas de deliberaciones y un agrio debate, por 15 votos contra 13 el pleno ha decidido esta tarde desestimar los recursos planteados y volver al criterio según el cual el sujeto pasivo del impuesto de actos jurídicos documentados en los préstamos hipotecarios es el prestatario.
No obstante, los detalles del fallo se conocerán en los próximos días.
Las asociaciones de consumidores se han apresurado a criticar con dureza el fallo, y mientras Facua acusaba al sector financiero de difundir mensajes «engañosos y alarmistas» para no tener que asumir el impuesto, Adicae calificaba la decisión de «anómala y extraña», y avanzaba su intención de impugnarla «en España y en Europa».
El dictamen conocido hoy deja de momento sin posibilidad de recuperar el importe abonado por este concepto a 1,5 millones de hipotecados.
De haberse mantenido que era la banca la que debía hacerse cargo de la tasa, las comunidades autónomas, que son las que lo han recaudado porque se trata de un impuesto transferido, se habrían enfrentado a un impacto que técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) cifraron en 3.631 millones de euros.
Una cuantía que supone el importe abonado por 1,5 millones de contribuyentes en los últimos cuatro años, esto es, el período no prescrito fiscalmente.
En cuanto a las entidades financieras, las patronales bancarias, AEB, CECA y Unacc, han destacado hoy que la decisión adoptada por el Supremo preserva la seguridad jurídica necesaria para el buen funcionamiento del mercado.
En un comunicado conjunto, inciden en que el Tribunal Supremo ha confirmado que, como venía ocurriendo hasta ahora y de acuerdo con la normativa vigente durante más de 20 años, el sujeto pasivo del impuesto en la constitución de hipotecas es el prestatario, es decir, el cliente.
Si ayer, tras la primera jornada de deliberaciones del pleno, el principal indicador de la Bolsa española, el IBEX 35, subió un 0,20 % animado por el sector financiero, hoy la sesión ha transcurrido en sentido contrario, y el selectivo se ha dejado un 0,24 % y los 9.000 puntos lastrado por la banca, aunque cabe esperar que en la sesión de mañana recuperen el terreno perdido.
En el terreno institucional, el Gobierno prevé fijar el próximo jueves su posición sobre el fallo, y fijará su posición en la reunión del Consejo de Ministros del próximo jueves.
La reacción más contundente ha sido la de Unidos Podemos, que ha convocado una manifestación para el próximo sábado a las puertas del Tribunal Supremo, para protestar por este nuevo cambio de criterio sobre el impuesto de actos jurídicos documentados.
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Redacción