En España se reparten 2,36 millones de pensiones de viudedad, que tienen carácter universal y compatible con cualquier renta o prestación, lo que permite que 728.982 personas simultaneen su cobro con el de otro tipo de pensión, por ejemplo jubilación o incapacidad permanente, según datos de la Seguridad Social.
La ministra de Trabajo, Magdalena Valerio, ha asegurado este miércoles que el Gobierno no tiene intención de recortar las pensiones de viudedad, después de que el secretario de Estado de la Seguridad Social, Octavio Granado, haya abogado por vincular las nuevas pensiones de viudedad al nivel de renta del beneficiario.
De los 2,36 millones de pensiones de viudedad, el 92,2 % (unos 2,18 millones) son percibidas por mujeres, en tanto que el 7,8 % restante (183.520), por hombres.
Si se tiene en cuenta a los que sólo perciben esta clase de pensión (el 69,13 %), la exclusividad sigue siendo superior en el caso de las mujeres (72,1 %) mientras que en los hombres, alcanza el 33,74 %.
En función de la edad, la exclusividad es superior al 86 % hasta los 65 años, momento a partir del cual se accede a la pensión de jubilación, de forma que se reduce al 56 %.
Por regiones, la exclusividad en los casos de pensiones de viudedad oscila entre el 87,37 % de La Rioja y el 56,48 % de Galicia.
La pensión media de viudedad asciende a 708,26 euros, aunque la más común (percibida por medio millón de personas) se sitúa entre 650 y 700 euros mensuales.
La cuantía de las pensiones de viudedad oscila entre los 150 euros -percibidos por 46.739 personas- y los más de 2.660 euros -que apenas reciben 80 personas, principalmente, niños de la guerra o víctimas de terrorismo-.
Para ser beneficiario de una pensión de viudedad es necesario tener o haber tenido vínculo matrimonial o haber sido pareja de hecho del fallecido y no haber vuelto a contraer matrimonio o haberlo hecho superados los 61 años.
Para poder percibirla, el fallecido que la ha generado ha debido estar en situación de alta o asimilada en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social con un periodo mínimo de cotización en función de las características del fallecimiento -enfermedad común o accidente- o del tipo de contrato.
La cuantía de la pensión de viudedad se calcula en función del 52 % de la base reguladora, con carácter general.
No obstante, para los mayores de 65 años se tiene en cuenta el 60 % de la base reguladora desde comienzos de año, en tanto que en algunos supuestos como que constituya la principal fuente de ingresos o que el perceptor tenga cargas familiares, se aplica el 70 %.
La siguiente tabla muestra, por regiones, el número de pensiones de viudedad que se reparten mensualmente, el número de personas que la perciben en exclusiva, el porcentaje de personas que la perciben en exclusiva sobre el total de pensionistas de viudedad y el importe de la pensión media:
Nº pensiones viudedad Nº pensiones viudedad en exclusiva % Viudedad exclusiva Pensión media
ANDALUCÍA 390.653 270.154 69,15 661,90
ARAGÓN 75.259 56.096 74,54 740,68
ASTURIAS 82.085 55.907 68,11 805,42
ISLAS BALEARES 44.431 25.981 58,47 635,87
CANARIAS 80.185 61.938 77,24 676,93
CANTABRIA 35.559 24.446 68,75 737,68
CASTILLA Y LEÓN 155.402 115.450 74,29 699,72
CASTILLA-LA MANCHA 96.467 81.401 84,38 701,38
CATALUÑA 394.408 234.925 59,56 714,29
C.VALENCIANA 242.239 170.582 70,42 667,29
EXTREMADURA 61.103 48.712 79,72 657,61
GALICIA 186.928 105.578 56,48 597,18
MADRID 268.693 200.893 74,77 808,21
MURCIA 61.622 41.990 68,14 649,02
NAVARRA 29.707 21.846 73,54 775,89
PAÍS VASCO 135.209 100.047 73,99 860,36
LA RIOJA 16.151 11.866 73,47 696,63
CEUTA 2.677 2.339 87,37 771,91
MELILLA 2.333 1.978 84,78 711,36
TOTAL 2.361.111 1.632.129 69,13 708,26
Redacción