Se trata de Galicia, La Rioja, el País Vasco, Asturias, Cantabria, Extremadura, Murcia, Navarra, Baleares, Andalucía, Aragón, Canarias, Cuenca, Guadalajara, Melilla y en Cataluña, el Alt Pirineu i Aran, Terres de l’Ebre y Camp de Tarragona que desde hoy entran en esta última fase.
MOVILIDAD INTERPROVINCIAL
Lo más significativo de esta etapa es que las comunidades recuperan la gestión sobre su territorio y se convierten en unidades territoriales, de modo que pueden permitir la movilidad de circulación dentro de cada una de ellas.
Así lo harán los ciudadanos del País Vasco, Andalucía y Galicia, mientras que en Castilla-La Mancha, Cuenca y Guadalajara -las dos únicas provincias castellanomanchegas que pasan a la fase 3- tendrán movilidad interprovincial, de manera que sus ciudadanos podrán circular sin restricciones entre los dos territorios.
¿QUÉ SE PUEDE HACER EN LA FASE 3?
– Se permiten reuniones de hasta 20 personas y se eliminan las franjas horarias.
– Se permite la apertura de discotecas y bares de ocio nocturno siempre que no se superen un tercio de su aforo y se cumplan las condiciones previstas en esta orden.
– Se podrá consumir dentro de los locales de hostelería y restauración, siempre que no se supere el 50 % de su aforo y se cumplan las condiciones ya establecidas en anteriores órdenes.
– Los velatorios podrán realizarse con un límite máximo de 50 personas en espacios al aire libre o 25 personas en espacios cerrados y se permiten las bodas y la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere el 75 % del aforo hasta un máximo de 150 personas en espacios al aire libre o de 75 personas en espacios cerrados.
– Los comercios pueden abrir con un 50 % del aforo.
– Se eliminan las restricciones a la ocupación de los vehículos respecto del total de plazas sentadas, para los transportes en autobús y ferroviarios, así como para los transportes terrestres colectivos de ámbito urbano y periurbano.
Cuando el nivel de ocupación lo permita, se procurará la máxima separación entre los usuarios.
– Las plazas, recintos e instalaciones taurinas al aire libre incrementan su aforo hasta el 50 % y no más de 800 personas.
– En los locales de juegos y apuestas, se establece el aforo máximo permitido en un 50 %.
– En los hoteles se pueden reabrir las zonas comunes siempre que no se supere el 50 % del aforo y las actividades de animación o clases deberán diseñarse con un aforo máximo de 20 personas y preferentemente al aire libre.
– En las bibliotecas podrán realizarse actividades culturales y de estudio, siempre que no se supere el 50 % del aforo.
– En los museos y salas de exposiciones el aforo será del 50 % y las visitas podrán ser de grupos de hasta 20 personas.
– Los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares de espectáculos podrán desarrollar su actividad, siempre que cuenten con butacas preasignadas y no superen la mitad del aforo autorizado.
– Los deportistas de ligas no profesionales federadas podrán realizar entrenamientos en grupos de hasta 20 personas.
– Se podrán realizar actividades de turismo activo y de naturaleza para grupos de hasta un máximo de 30 personas y se permite la realización de la actividad de guía turístico, mediante cita previa y con grupos de no más de 20 personas.
– Centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios abren con un aforo del 50 % y de un tercio en las atracciones y lugares cerrados.
– Los congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias y eventos no podrán superar los 80 asistentes.
– En cuanto a las actividades de tiempo libre para la población infantil y juvenil no superarán los 200 participantes al aire libre y 80 en espacios cerrados.
Estrella Digital