En un acuerdo adoptado el 28 de mayo, la Junta Electoral Central admite la solicitud del voto por correo por internet y la entrega en los domicilios de toda la documentación para ejercer el sufragio, así como que el elector en ese momento entregue su voto al cartero a cambio del correspondiente justificante.
«No hay inconveniente en que, al amparo del artículo 73.3 de la LOREG, el personal de Correos, al hacer la entrega de la documentación electoral personalmente al elector, le pueda plantear la opción de que en ese momento -sin menoscabo del requisito del secreto del voto- el elector le entregue los sobres electorales, una vez cumplimentados por él mismo, a cambio de un justificante acreditativo del depósito de su voto, evitándole el tener que acudir posteriormente a una oficina de Correos», establece la Junta en su resolución.
Según UGT, esa respuesta supone que la Junta Electoral sí ha prohibido que el cartero entre dentro del domicilio o la habitación en la residencia del elector, que deberá entregarle el voto y la documentación al otro lado de la puerta. UGT había comunicado inicialmente que la Junta Electoral no autorizaba que se pudiera votar mediante la entrega del sobre con la papeleta en casa a un cartero, posición que ha matizado posteriormente.
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