lunes, noviembre 18, 2024
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Procesados en el caso del 3% tres exgerentes de CDC por organización criminal

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En el auto de pase a procedimiento abreviado, equivalente al procesamiento, el juez de la Audiencia Nacional considera los hechos constitutivos de delitos de organización criminal, fraude a las administraciones públicas, cohecho, tráfico de influencias y blanqueo de capitales.

El magistrado, el mismo que ha procesado a la familia Pujol-Ferrusola, dirige el procedimiento, además de contra varios cargos políticos y funcionarios, contra CDC, el PdeCat, las sociedades TeyCo, Urbaser, Fundación ACS, Grupo Soler Constructoras o Copisa, entre otras.

Pone fin así a una investigación que se inició en 2015 en relación con determinadas actuaciones irregulares en el Ayuntamiento de Torredembarra (Tarragona).

De la Mata sostiene que altos cargos de CDC, en connivencia con responsables públicos y funcionarios, y con distintos empresarios, pusieron en marcha una estructura para financiar al partido.

En lo más alto de la organización, figuran Gordó, Osácar, Viloca y después se les uniría Sánchez Vera, quienes llevaban el control de las licitaciones públicas ofertadas por diferentes administraciones del ámbito territorial catalán bajo la esfera de CDC.

En un segundo escalón, el magistrado sitúa a las autoridades de esas administraciones y que, de acuerdo con los responsables de CDC, alteraron concursos públicos con la finalidad de «dirigir» los mismos hacia los empresarios conniventes.

En el tercer escalón, se sitúa a los empresarios que se concertaron con altos cargos de CDC para realizar pagos encubiertos al partido, bajo la apariencia de donaciones, a través de sus fundaciones, CATDEM y Fundació Forum Barcelona.

El juez detalla todas las adjudicaciones y donaciones investigadas a partir de los documentos intervenidos al extesorero de CDC Andreu Viloca, las empresas a las que se han adjudicado los contratos y las reuniones con los empresarios, así como las donaciones de dichas empresas al partido fundado por Jordi Pujol.

No siempre existía, dice el juez, una exacta concatenación temporal entre los pagos y las, al menos, 31 adjudicaciones analizadas, porque las donaciones no están necesariamente vinculadas a adjudicaciones sino a mantener la buena relación con el partido y «mantener a la empresa en posición de acreedor con vistas a futuras adjudicaciones».

La trascendencia de esta organización en el partido era muy relevante: los ingresos con origen en sus fundaciones significaron una fuente de financiación que supuso, en el periodo comprendido entre los ejercicios 2008 a 2012 (ejercicios de los que se dispone información), una media del 11,5 % de la «financiación privada» del partido y de un 7,7 % en la financiación total (pública + privada).

Se trata, indica el juez, «de una operativa sostenida en el tiempo, de carácter sistémica, que permanece inalterable con independencia de los relevos que se puedan producir en las personas integrantes de las estructuras», por lo que los cambios en el partido «no supusieron en ningún caso un cese en la comisión de los hechos objeto de investigación».

Los responsables de finanzas del partido tenían además con los funcionarios una relación con suficiente peso para exigirles determinadas actuaciones, pues eran conscientes que no seguir sus indicaciones podía tener consecuencias en su carrera.

El juez destaca que la operativa se ha mantenido en el tiempo incluso después del caso Palau -sobre la financiación irregular de CDC-, por lo que los responsables del partido «no habrían emprendido ninguna iniciativa para impedir una actividad delictiva que se mantiene, al menos, durante once años».

También aprecia una continuidad de esa actividad en el PDeCat, que en 2016 sustituyó a CDC, lo que le permite afirmar que lejos de corresponderse con el nacimiento de un nuevo partido, «se corresponde con la mera transformación o cambio de apariencia de una misma realidad con la finalidad de desconectarse de las responsabilidades en las que pudiera haber incurrido la formación política precedente».

En otro auto, de 146 páginas, el magistrado acuerda, en la pieza Infraestructures de la Generalitat vinculada al caso del 3, procesar a otras 18 personas físicas por organización criminal, fraude a las administraciones públicas, tráfico de influencias y malversación de caudales públicos.

Según el juez , ciertas empresas de ingeniería, en el entorno de la Asociación de Empresas de Ingeniería y Consultoría Independientes de Cataluña (ASINCA), configuraron durante los años 2008-2015 un cártel colusorio al que denominaron «Nuria Bofill», para pactar los precios que utilizarían al concurrir a los concursos públicos licitados por ciertas administraciones y empresas públicas en Cataluña. 

 

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