El Ayuntamiento de Madrid empezará a multar desde hoy lunes 2 de mayo a todos los turismos que no estén matriculados y que carezcan de la etiqueta ambiental (diésel anteriores a 2006 o gasolina anteriores al año 2000) si circulan por la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) que comprende las calles interiores de la M-30. Eso sí, hasta el 1 de enero de 2023 sí podrán seguir accediendo por esta vía de circunvalación. Son todos los vehículos con la etiqueta A.
Aunque la nueva restricción lleva ya cuatro meses en marcha, no ha conllevado sanciones hasta ahora, porque el Ayuntamiento se ha tomado este tiempo para informar a los madrileños. De hecho, en un inicio, el periodo de aviso iba a concluir el 1 de marzo, sin embargo, el Consistorio lo alargó otros dos meses para dar «mayor seguridad a los ciudadanos y para continuar con la labor de información y comunicación». La entrada no permitida a las zonas de bajas emisiones constituye una infracción grave de tráfico (antes era leve) y se multa con 200 euros, 100 si es por pronto pago.
Desde el 1 de enero de 2023, la medida se extenderá a la propia M-30. Quedará prohibido el acceso y circulación de los vehículos ‘A’ por las vías públicas urbanas del interior de la M-30 y de la propia M-30. A partir de 2024, estos vehículos tendrán prohibido el acceso y circulación por todas las vías públicas y urbanas de la capital.
Las restricciones no afectan a aquellos turismos contaminantes que sean conducidos por personas titulares de la tarjeta de movilidad reducida o personas que las trasladen. Para evitar las multas, deben darse de alta en el sistema de gestión de accesos a la ZBE, que permite obtener en el mismo trámite el permiso también para acceder a Distrito Centro (antes Madrid Central) y Plaza Elíptica. Tampoco afecta por ahora a camiones, furgonetas, motocicletas, ciclomotores ni a los vehículos que tengan reconocida la consideración de históricos o a los destinados a la distribución urbana de mercancías.
Así queda el calendario de limitación de Madrid ZBE a los vehículos turismo con clasificación ambiental A de las categorías por criterio de utilización 00 (sin especificar), 02 (familiar) y 33 (todoterreno) que no estén domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos y no figuren en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM):
- Desde el 1 de enero de 2022, queda prohibido el acceso y circulación a los turismos A por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30.
- Desde el 1 de enero de 2023, queda prohibido su acceso y circulación también por la M-30.
- Desde el 1 de enero de 2024, queda prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas urbanas del municipio de Madrid.
- Desde el 1 de enero de 2025, la prohibición de 2024 se extiende también para los turismos A domiciliados en Madrid y que figuren de alta en el padrón del IVTM del Ayuntamiento de Madrid. Desde esta fecha, tampoco podrán acceder ni circular por la capital los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores).