jueves, noviembre 21, 2024
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Los mataderos tendrán un año para instalar cámaras de videovigilancia

España será el primer país de la UE con sistemas de videovigilancia obligatorios en los mataderos

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Los mataderos españoles dispondrán de entre uno y dos años, en función de su tamño, para instalar nuevas cámaras de videovigilancia dentro de todas sus instalaciones para garantizar el estricto cumplimiento de la legislación en materia de bienestar animal y aumentar los controles sobre los animales vivos hasta su muerte. La medida fue aprobada este martes, vía real decreto, por el Consejo de Ministros y obligará a estos mataderos a almacenar las grabaciones para su posterior revisión.

España será así el primer país de la Unión Europea (UE) con sistemas de videovigilancia para el control del bienestar animal (SVBA), los cuales, permitirán la realización de controles adicionales a los que ya se efectúan en los mataderos.

La normativa permitirá establecer herramientas adicionales de control que garanticen que, en todos los mataderos españoles (incluidos los móviles), se minimice el sufrimiento animal, por ejemplo, durante la descarga, el traslado, la estabulación o el aturdimiento de los animales.

Grabación y registro de imágenes

Las cámaras de videovigilancia deberán abarcar las instalaciones en las que se encuentren animales vivos, incluyendo las zonas de descarga, los pasillos de conducción y las zonas donde se proceda a las actividades de aturdimiento y sangrado hasta la muerte de los animales.

Los sistemas de videovigilancia no serán obligatorios en las zonas de espera donde se encuentran los medios de transporte con animales vivos antes del inicio de la descarga, pero las empresas sí deberán llevar un control del tiempo de permanencia de los animales en los vehículos.

Se grabará el proceso de escaldado

En el caso de aves y porcinos, la instalación de las cámaras deberá permitir la grabación del escaldado para poder comprobar que no se someten a esta operación animales que presenten signos de vida.

Los responsables de los mataderos deberán guardar las imágenes relativas a la descarga, alojamiento en los corrales, conducción a la zona de aturdimiento, la sujeción, el aturdimiento y el sangrado hasta la muerte para posibles comprobaciones a posteriori por parte de los correspondientes servicios de control oficial de las comunidades autónomas. También tendrán que asegurar la reproducción, la copia o la transmisión de las mismas a otros dispositivos con igual calidad que la grabación original.

Tras la publicación del real decreto en el Boletín Oficial del Estado (BOE), los grandes mataderos tendrán un plazo de un año para adaptarse a la nueva normativa y los pequeños, dos.

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1 COMENTARIO

  1. ¡Qué buena noticia! Es importante mantener el bienestar de aquellos seres vivos que dan su vida para alimentar a gran parte de la población.

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