La Fiscalía Anticorrupción ha pedido a la Audiencia Provincial de Sevilla que ejecute la condena a seis años de prisión que le fue impuesta a José Antonio Griñán, expresidente de la Junta de Andalucía, por malversación y prevaricación en el caso ERE, una pena que implicaría su ingreso en la prisión. Además, la Fiscalía también ha pedido ejecutar la condena de los otros ocho ex altos cargos de la Junta de Andalucía condenados a cárcel, mientras se tramitan los indultos planteados a su favor.
Esas ocho personas son los ex consejeros Carmen Martínez Aguayo, Francisco Vallejo, José Antonio Viera y Antonio Fernández; los ex viceconsejeros Jesús María Rodríguez y Agustín Barberá; Miguel Ángel Serrano, director de la agencia IDEA, y Juan Márquez, director de Trabajo. Una vez escuchadas las partes, la Audiencia de Sevilla deberá decidir si ordena o no el ingreso en prisión de Griñán y los demás condenados, algo para lo que se suele conceder diez días.
Penas dictadas en 2019 para Griñán y Chaves
El Tribunal Supremo confirmó el pasado julio la condena que la Audiencia de Sevilla dictó el 19 de noviembre de 2019 para Griñán: una pena de 6 años y dos días de cárcel, así como 15 años y dos días de inhabilitación por delitos continuados de malversación y prevaricación. Según el auto, por medio de estos delitos la Junta de Andalucía canalizó sus subvenciones para prejubilaciones en ERE fraudulentos y ayudas arbitrarias a empresas. El alto tribunal también ratificó la condena al también ex presidente andaluz Manuel Chaves: 9 años de inhabilitación por prevaricación, por lo que en su caso no hay pena de cárcel.
Tenía “conocimiento de la ilegalidad”
El Supremo consideró probado que Griñán tenía “conocimiento de la ilegalidad” del criterio que se siguió con los repartos de fondos, además de destacar su “pasividad” ante el “despilfarro y la arbitrariedad” con la que se concedieron las ayudas.
No obstante, las magistradas Ana María Ferrer y Susana Polo emitieron un voto particular para apartarse del criterio de los otros tres magistrados que firmaron la sentencia. Ambas consideraban que Griñán debería haber sido absuelto del delito de malversación, ya que al situarse fuera de la Consejería de Empleo, no participó en la ejecución de la fase final de los presupuestos. Así, sólo ven en él un “exceso de confianza” hacia sus compañeros de Gobierno.
Este voto particular daría fuerza a un futuro recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, aunque para acudir a él la defensa de Griñán debe esperar a que el Supremo responda a su incidente de nulidad. Ese eventual recurso no supondría una suspensión automática de su entrada en la cárcel: para ello, tendría que pedirlo expresamente a modo de medida cautelar. Y lo cierto es que el Tribunal Constitucional no suele frenar el ingreso en prisión cuando la pena supera los cinco años.