martes, noviembre 26, 2024
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Las víctimas de accidentes de tráfico tendrán un 10% más de indemnización

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La Audiencia Provincial de Madrid ha declarado procedente aplicar «por analogía» el factor de corrección por pérdida de ingresos del baremo indemnizatorio de seguros (un 10 por ciento) en los casos en que no se justifiquen ingresos por parte de la víctima del accidente de tráfico, siempre que éste se encuentre en edad laboral.

La sección número 4 de la Audiencia Provincial de Madrid ha accedido a aplicar el factor tras las alegaciones formuladas por los servicios jurídicos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) por el caso de un socio que fue objeto de un robo con intimidación y posterior atropello, y cuya situación en ese momento era de baja laboral por otra lesión.

«Debe señalarse que en el caso de las indemnizaciones básicas por lesiones permanentes la propia Tabla IV del baremo contempla expresamente la aplicación del factor del 10 por ciento a cualquier víctima en edad laboral, aunque no se justifiquen los ingresos», según recoge la sentencia.

«En el caso de las indemnizaciones básicas por incapacidad temporal, la Jurisprudencia, por analogía ha procedido a extender también a tales indemnizaciones la aplicación del 10 por ciento con la única condición de que se trate de víctima en edad laboral a aunque no se justifiquen ingresos», añade.

Desde la AEA han señalado que este auto supone un precedente judicial «importante», ya que se trata de una «notable mejora» en la protección de las víctimas de accidentes de tráfico, especialmente aquellas personas como las amas de casa, los estudiantes, o aquellas que se encuentren en paro que «no pueden justificar una pérdida de ingresos». 

La medida supone casi 8.000 euros para la víctima

En el asalto en el que una persona resultó arrollada por el vehículo de los asaltantes, la víctima sufrió graves lesiones de las que ha tardado en curarse 989 días, quedándole además una secuela valorada por el médico forense con 10 puntos.

Es por ello que el cálculo realizado por los 91 días de hospitalización da como resultado una indemnización que ascendió a 6.322,14 euros; los 989 días impeditivos supusieron un total económico de 54.662,03 euros; 19 puntos de secuelas fisiológicas, 16.719,05 euros; y 3 puntos de perjuicio, 1.996 euros.

Con esta medida, la cifra total a la cual se añade el 10 por ciento de factor de corrección (casi 8.000 euros) ha ascendido hasta los 87.669 euros.

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