miércoles, octubre 2, 2024
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Desalojo por sorpresa y con una excavadora en el barrio de Tetuán

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Por sorpresa y con una excavadora. Una decena de furgonetas del Cuerpo Nacional de Policía se ha presentado a primera hora de la mañana en la calle Ofelia Nieto 29 en el barrio madrileño de Tetuán para derribar el edificio. «Esto es muy duro, llevamos aquí desde las siete de la mañana. La presencia policial es desproporcionada, encima se ríen y se mofan», lamenta Gladys, miembro de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH). La intención del Ayuntamiento es desalojar las viviendas habitadas para derribar el edificio. «No dejan entrar a la gente en sus casas», denuncia Gladys.

A lo largo de la mañana de este viernes se han concentrado una treintena de personas fuera del inmueble y una decena en el interior para evitar el desahucio, pero no lo han logrado, puesto que finalmente diez han sido desalojadas.

La tensión ha llegado hasta tal punto que los agentes han detenido a siete personas por supuestamente arrojarles gasolina durante el desalojo aunque no han sufrido ningún daño. Por su parte, los miembros de la PAH denuncian «abuso policial». «Hay más de cincuenta policías, esto es desproporcionado. Han sacado incluso las escopetas para lanzar pelotas de goma», explican.

En la vivienda habitan tres familias con tres menores, a las que el Ayuntamiento viene intentando desalojar desde hace un año para derribar la casa para ampliar la acera, pero los activistas han informado de que la policía ha acudido a las 7.30 de la mañana, sin notificación previa y con una excavadora.

El Ayuntamiento de Madrid defiende que persigue el «interés público»

Por su parte, el consistorio justifica que su objetivo es perseguir el «interés público» en la expropiación del número 29 de la calle Ofelia Nieto para «ejecutar el planeamiento aprobado», tal y como recoge un informe de la Dirección General de Gestión Urbanística, gestionada por el propio Ayuntamiento.

El informe municipal destaca que la actuación de la Administración «persigue únicamente el interés público que justifica esta expropiación, que es la ejecución del planeamiento aprobado, considerándose que fijado el justiprecio y consignado y ofrecido el realojo correspondiente, no puede justificarse la exclusión de la expropiación de la finca».

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