El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ha aclarado que el auto presentado por el Tribunal Supremo por el cual acuerda preguntar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) si el sistema de compensación económica por copia privada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado (PGE) se ajusta a la legislación europea, no suspende la tramitación de la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, según indica en un comunicado.
Cultura recalca que la cuestión prejudicial que plantea el Supremo al TJUE es una «consulta entre órganos en el marco de un recurso contencioso-administrativo presentado por algunas entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual». «No es una sentencia ni resuelve ningún aspecto del fondo planteado», subraya.
Tal y como indica, este auto «no suspende la tramitación de una reforma legislativa, ni tampoco implica la suspensión de la aplicación de una Ley aprobada por el poder legislativo ni de un Real Decreto aprobado por el Gobierno desarrollando una ley vigente».
Según han precisado fuentes del Ministerio, el Real Decreto aprobado en 2012 que regula el procedimiento de pago de la compensación equitativa por copia privada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado (PGE) es un «sistema transitorio» con el que se sustituyó el canon digital, un sistema que era «ilegal», tal y como lo han determinado varias sentencias europeas. Por ello, este sistema se mantendrá hasta que exista una «nueva directiva».
Tal y como indica el comunicado, la compensación obligatoria a los autores por el derecho ciudadano a realizar copias privadas está determinada por la normativa europea desde 2001, pero esta obligación no ha sido abordada por «una nueva directiva que de homogeneidad a los ordenamientos jurídicos de los Estados miembros».
En concreto, el Ministerio argumenta que «la Directiva de 2001 solamente especifica que se debe compensar a los autores de manera equitativa y adecuada, teniendo los Estados Miembros liberta para fijar los sistemas que den lugar a dicha compensación, según ha señalado también el TJUE».
Asimismo, Cultura destaca que el Proyecto de Ley de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, que actualmente se encuentra en tramitación en el Senado, «no solamente propone ajustes en la materia de compensación por copia privada a la luz de la jurisprudencia comunitaria, sino que también introduce mejoras en materia de transparencia y buen gobierno de las entidades de gestión, en la lucha contra la vulneración de los derechos de propiedad intelectual en Internet y transpone dos Directivas de la UE al ordenamiento español».
El 7 de diciembre de 2012 el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto que reguló el procedimiento de pago de la compensación equitativa por copia privada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado (PGE), en lugar del canon digital por el cual las entidades de gestión de derechos de autor recaudaban una serie de cantidades por los aparatos tecnológicos que compraban los ciudadanos.
La directiva europea establece que «los Estados miembros podrán fijar excepciones o limitaciones al derecho de reproducción en cualquier soporte, efectuadas por una persona física para uso privado y sin fines directa o indirectamente comerciales, siempre que los titulares de los derechos reciban una compensación equitativa, teniendo en cuenta si se aplican o no a la obra o prestación de que se trate las medidas tecnológicas contempladas en el artículo 6».