El Tribunal Constitucional (TC) ha otorgado plenas competencias al Gobierno central en la regulación de los exámenes necesarios para ejercitar la abogacía en una sentencia que responde a un recurso de inconstitucionalidad presentado por la Generalitat contra la ley de acceso a las profesiones de letrado y procurador.
«Es competencia exclusiva del Estado la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos profesionales que habilitan para ejercer una profesión titulada», sostiene en el fallo al que ha tenido acceso Europa Press, en el que rechaza la tesis de la Generalitat por siete votos a cinco.
El TC también ha esgrimido que esta competencia «garantiza la igualdad en el ejercicio de los derechos en cualquier parte del territorio español y ligada asimismo a la garantía de libertad de circulación y establecimiento de los profesionales».
Pese a esta competencia que la Constitución atribuye al Estado, la Generalitat consideraba que esto no implica necesariamente «competencias ejecutivas en esta materia» y aludía a competencias de Catalunya en educación y enseñanza universitaria.
Reacciones
Tras el fallo, la Conselleria de Justicia de la Generalitat ha considerado en un comunicado este viernes que hay un «proceso de recentralización de competencias en detrimento de las que tanto la Constitución como los estatutos de autonomía reservan a las nacionalidades y regiones».
Justicia ha valorado también que en el fallo «no aparece debidamente justificada la estricta necesidad que la condición básica de igualdad –entre los españoles– solo se pueda conseguir a través del sacrificio de competencias ejecutivas reservadas a una comunidad autónoma».
En un comunicado este viernes, el Consejo de la Abogacía Catalana (Cac), que representa a los 14 colegios de abogados de Catalunya, también ha lamentado que el TC prive a la Generalitat de competencias que considera que le atribuye el Estatut.