Desde que en el Partido Popular se mencionó por primera vez la reforma del Tribunal Constitucional, el partido no hizo nada más que recibir críticas de la oposición. Se le atribuía a esta reforma un espíritu electoralista, además de ser innecesaria; mientras que desde Génova respondían diciendo que el Gobierno no podía «cruzarse de brazos» ante el desacato. Pero, realmente, ¿Qué novedades trae consigo esta reforma?
El Tribunal Constitucional tendrá capacidad sancionadora si se incumplen sus sentencias
El Tribunal solicitará un informe a quienes deban cumplir cada resolución y, si se agota el plazo sin ser ejecutada, podrá imponer multas de 3.000 a 30.000 euros e incluso acordar la suspensión en sus funciones de las autoridades o empleados públicos que no cumplan.
El Tribunal podrá exigir al Gobierno que fuerce a ejecutar las sentencias
Se podrá pedir al Gobierno central, incluso estando en funciones (fase en la que entrará el Ejecutivo al día siguiente de las próximas elecciones generales de diciembre), que adopte «las medidas necesarias» para asegurar la ejecución de la sentencia. Todo ello, sin perjuicio de que también se exijan responsabilidad por la vía penal.
Habrá importantes multas económicas en caso de desobediencia
El Tribunal solicitará un informe a quienes deban cumplir cada resolución y, si se agota el plazo sin ser ejecutada, podrá imponer multas de 3.000 a 30.000 euros e incluso acordar la suspensión en sus funciones de las autoridades o empleados públicos que no cumplan.