La Unión de Uniones de Agricultores y Ganaderos, tras la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 8/2019 sobre el registro diario de la jornada laboral, ha propuesto que las explotaciones agrarias tengan un tratamiento diferenciado en su aplicación por las características «especiales y excepcionales» de su trabajo respecto a otras empresas, según ha informado en un comunicado.
En concreto, la organización agraria ha explicado que las características del sector agrario dificultan mucho su cumplimiento, al tratarse de una actividad que no dispone de un centro fijo de trabajo ni tampoco administrativo, que no tiene techo y que posee una elevada rotación del personal contratado.
Unión de Uniones, mantiene que este Real Decreto-Ley resulta «difícil» de aplicar para las actividades relacionadas con la agricultura y la ganadería, ya que el campo «no es como una oficina o una fábrica y sus jornadas laborales no son como las de otros trabajos», y hay que tener en cuenta la ubicación de las explotaciones, las circunstancias climatológicas o las particularidades propias de cada campaña agrícola.
La organización agraria aclara también que esta medida no obliga a los autónomos, a los agrarios tampoco, a registrar su propia jornada laboral, pero sí en el caso de que contraten directamente trabajadores para llevar a cabotareas en su explotación. Si la contratación se realiza a través de una empresa de servicios, será ésta última la que se responsabilice del registro.
De esta forma, reclama del Ministerio de Trabajo «instrucciones claras», pero también, un «tratamiento diferenciado y más simple» de llevar para el registro de la jornada en las contrataciones que hagan los autónomos, ya que no es lo mismo una empresa con varios trabajadores fijos, que una explotación familiar que emplea una cuadrilla para labores puntuales y de forma temporal.
Sin oponerse en ningún caso a que se paguen las horas laborales que los trabajadores desempeñen. Para más información La Ley Digital de Wolters Kluwer.
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