El Constitucional ha sentenciado por unanimidad que el artículo de la Ley Electoral que permitía a los partidos recopilar datos sobre opiniones políticas de los ciudadanos es inconstitucional, lo que juristas e internautas han interpretado como una victoria de la sociedad civil frente a la clase política.
Ese artículo (el 58 bis 1) se incorporó a la Ley Electoral General mediante una disposición que se incluyó en la Ley de Protección de Datos Personales, aprobada el pasado año.
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