Así lo ha indicado el presidente de este sindicato de abogados catalanes, Javier Aranda, en relación con el control horario que deben aplicar desde el pasado 12 de mayo los bufetes de abogados, en aplicación de la modificación del artículo 34 del Estatuto de Trabajadores.
Este sindicato que es el único profesional del sector, considera que una cosa es la flexibilidad horaria, que tienen actividades y profesiones como por ejemplo la abogacía, y otra es que se supere sistemáticamente la jornada máxima a realizar establecida por ley, ya que algunos despachos buscan «esconder» los «excesos» de horas de trabajo de sus empleados, hablando intencionadamente de «flexibilidad».
Al no existir una regulación convencional sobre qué esperas no computan, Saico exige de que todo el tiempo de espera en los juzgados se considere de forma general como jornada laboral y, por lo tanto, se compute y registre como tiempo efectivo.
Una vez computado el mismo, deberá ser compensando económicamente o con días libres de descanso, ya que este sindicato no ve aceptable que los abogados deban alargar continuamente su jornada hasta las 21.00 o 22.00 horas porque han perdido la mañana en el juzgado, y no obtengan compensación alguna.
A la hora de efectuar el control horario, el sindicato recuerda que la Inspección del Trabajo exige un sistema que no se pueda manipular y que garantice que el trabajador tiene conocimiento y está conforme con el mismo.
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