jueves, noviembre 21, 2024
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Los deepfakes caligráficos amenazan prácticas jurídicas con siglos de antigüedad

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 Las técnicas utilizadas para crear esos deepfakes son en realidad aplicables a muchos otros escenarios, como la falsificación de la escritura a mano, con las consecuencias que eso puede tener para la utilización de la caligrafía o la firma física en el ámbito jurídico.

La posibilidad de reconocer la autoría y la autenticidad de un escrito a mano es algo que se asume desde el punto de vista legal al menos desde el tiempo de los visigodos. Los documentos legales en la antigua roma comúnmente se recogían en tablillas de madera escritas por escribas y su autenticidad se garantizaba mediante sellos personales, de manera que el derecho romano no se ocupó de estas cuestiones. Sin embargo, en la sociedad visigoda se volvió a generalizar el uso de el papel, la tinta y las firmas manuscritas, y probablemente los problemas de autenticidad documental aumentaron por la menor sofisticación administrativa. Resulta curioso ver como el Fuero Juzgo (una de las primeras y más importantes recopilaciones legales en lengua romance) trata el tema:

E si la testimonia dize que aquel escripto non lo fizo, el que demuestra el escripto deve provar que la testimonia otorgó aquel escripto. E si por ventura en nenguna manera non lo pudiere provar, el iuez deve pesquerir la verdad assi que faga fazer otro escripto á la testimonia ante si, é que pueda veer si aquella letra semeia a la otra. […] E por saber mas la verdad, faga venir las otras cartas que él fizo, ó que él corfirmó, por ver si semeia la una letra con la otra.» (fragemento de Fuero Juzgo, libro II, título IV, ley III)

El uso legal de esa posibilidad ha continuado hasta nuestros días, como demuestra la validez del peritaje caligráfico. La ley de Enjuiciamiento Civil (artículo 289, punto 3) recoge singularmente detalles sobre el mismo al nombrar “la formación de cuerpos de escritura para el cotejo de letras”, que es una mera actualización del lenguaje de la última frase del fragmento citado del Fuero Juzgo (no todo nuestro derecho civil proviene del derecho romano…)

Después de al menos catorce siglos de continuidad legal sobre el tema, probablemente la primera novedad significativa ha aparecido en los últimos dos o tres años, y empieza a cobrar importancia práctica. Hoy en día es posible, a partir de unos pocos ejemplos caligráficos, generar artificialmente cualquier nuevo texto con apariencia creíble de estar escrito por la misma persona. Esta posibilidad se ha utilizado inicialmente con fines lúdicos, publicitarios o incluso asistenciales. Por ejemplo, existen sistemas que permiten a personas con dificultades sobrevenidas para escribir a mano, generar textos “manuscritos” con su propia letra. Pero la posibilidad de utilizar esa nueva tecnología con fines ilícitos es bastante evidente.

Curiosamente, la forma como se emplea la inteligencia artificial para generar deepfakes implica la imposibilidad de utilizar la inteligencia artificial para detectarlos. La tecnología empleada se conoce como GAN (Generative Adversarial Networks), y consiste, de manera muy básica, en “poner a competir” dos redes neuronales, una que trata de generar imágenes (o videos, o sonidos, o lo que sea) lo más similares a la muestra que se le ofrece, y otra que trata de distinguir si una imagen es original o generada. Cuanto mejor son las imágenes generadas por la primera red, más difícil es para la segunda distinguirlas de las originales, lo que le obliga a aprender más, y cuanto mejor es la segunda red en distinguir, más difícil es para la primera generar imágenes que la engañen, lo que también la obliga a aprender más. Esta idea, aparentemente sencilla, es la que permite hacer deepfakes cada vez más indistinguibles de los originales. No solo eso, sino que cualquier innovación que se pudiera hacer en la capacidad de detectar deepfakes se puede incorporar automáticamente al sistema para generar aún mejores deepfakes, y de esa manera pasa a hacerla inservible.

Hasta ahora, los sistema de reproducción de la escritura manual únicamente generan imágenes digitales de esa escritura, no documentos físicos con apariencia de estar manuscritos. Los peritos caligráficos utilizan preferiblemente documentos físicos, ya que no solo se basan en la forma del texto escrito, sino también en cosas como la presión ejercida al escribir, el tipo de tinta, etc. Sin embargo, esa supuesta ventaja de los peritos caligráficos es también posible de superar para la inteligencia artificial. Existen sistemas capaces de predecir, a partir de un escrito, la secuencia de movimientos que generó ese escrito, y de reproducirlos robóticamente (estos sistemas se utilizan, por ejemplo, para reproducir escritura china o japonesa con fines artísticos, donde el orden y la dinámica de los trazos individuales tiene gran importancia). Aunque esos sistemas todavía son experimentales, la velocidad a la que estas innovaciones ocurren hace que sea fácil imaginar que estas capacidades estarán disponibles para fines ilícitos muy pronto, si es que no lo están ya.

¿Significa todo esto el fin de la validez de la firma manuscrita o del peritaje caligráfico?. Probablemente no. La generalización del la administración electrónica y la introducción, lamentablemente más lenta, de procedimientos digitales en la práctica jurídica, han hecho que la firma manuscrita sea progresivamente reemplazada por la firma electrónica, y los documentos manuscritos son cada vez menos frecuentes. Pero existen, evidentemente, infinidad de documentos generados antes de todas estas novedades, y su autenticidad seguirá siendo objeto de posible disputa legal. Lo que si es muy probable es que las pruebas caligráficas cada vez sean menos relevantes, e incluso que en algún momento dejen de tener validez legal, pero solo para documentos de nueva creación. Lo cual al mismo tiempo acelerará, todavía más, la generalización de la firma digital, el uso de blockchain y contratos inteligentes, y otras innovaciones en los procedimientos burocráticos.

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