Se trata un decreto de la fiscal general para «asegurar el cumplimiento del servicio público y de las funciones constitucionales del Ministerio Fiscal, así como la salud de los componentes de la carrera fiscal y de la ciudadanía».
El decreto advierte de que estas instrucciones pueden ser actualizadas en función de la evolución y de la entidad de la epidemia del coronavirus COVID-19 y de las recomendaciones que en cada momento adopten las autoridades administrativas y sanitarias.
Decreto de la Fiscal General en el que imparte instrucciones a la Carrera Fiscal en relación a la epidemia por coronavirus (COVID-19) pic.twitter.com/rpTJJfYkXY
— Fiscalía General (@fiscal_es) March 11, 2020
Establece que los fiscales jefes y los fiscales superiores deberán adoptar todas las medidas que indica este decreto de forma coordinada con el Ministerio de Justicia, los tribunales superiores de Justicia y las comunidades autónomas afectadas.
Señala que de acuerdo con las recomendaciones sanitarias vigentes se deberán adoptar medidas de puesta en marcha de teletrabajo, de modo que se evite la concurrencia diaria de la totalidad de la plantilla en los diversos centros de trabajo con la finalidad de preservar la salud de sus componentes.
El decreto explica que se debe garantizar la presencia efectiva del Ministerio Fiscal en la prestación del servicio de guardia, así como la asistencia a las vistas, comparecencias y juicios señalados.
Insiste en que los fiscales jefes deberán velar por el cumplimiento efectivo del servicio adoptando las medidas conducentes a tal fin en el marco de su capacidad directiva y organizativa.
No obstante indica que se deberán evitar en lo posible todos los desplazamientos, potenciando el uso de medios telemáticos como las videoconferencias.
Aclara que se entiende por teletrabajo no solo aquél que se pueda realizar por medios telemáticos, sino también el despacho ordinario de asuntos desde el domicilio particular.
La Fiscalía General suspende temporalmente las visitas e inspecciones de los fiscales a residencias de mayores, de personas con discapacidad, a centros penitenciarios, de internamiento de extranjeros y de protección y reforma de menores u otras de similar naturaleza en la medida en la que no resulten absolutamente imprescindibles.
Asimismo los fiscales jefes se abstendrán temporalmente de convocar juntas de Fiscalía u otro tipo de reuniones de similares características en tanto en cuanto subsistan las circunstancias de riesgo sanitario actuales.
Y se amplía esta previsión a los alumnos en prácticas en las respectivas fiscalías y a la presencia de los fiscales a los cursos de formación, sin perjuicio de la comunicación que al efecto pueda emitir el Centro de Estudios Jurídicos.
El decreto establece la posibilidad de que los fiscales se ausenten de las sedes de la Fiscalía en casos con patologías concurrentes o enfermedades crónicas, embarazadas, quienes hayan estado en contacto con personas enfermas por coronavirus y los que tengan hijos menores de edad o personas dependientes.
Señala que estas medidas pueden ser de aplicación a los funcionarios de la Administración de Justicia que presten sus servicios en las fiscalías en coordinación con la Administración competente.
La Fiscalía General del Estado realizará un seguimiento de estas medidas por lo que pide a todos los fiscales jefes que comuniquen cualquier incidencia al comité de seguimiento de la epidemia de coronavirus.
El decreto, que entra en vigor este miércoles, se comunicará al Ministerio de Justicia, a todas las comunidades autónomas y al Consejo General del Poder Judicial.
Estrella Digital